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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 12948

2000-04-12

el subrogante del alcalde, tiene derecho a percibiremuneracion subrogante alcalde

Sumario

N° 12.948 12-IV-2000 Alcalde subrogante solicita se emita un pronunciamiento respecto de si tiene derecho a percibir el total de la remuneración del Alcalde titular al que subroga legalmente, además de la asignación prevista en el artículo 60 bis -actual artículo 69- de Ley N° 18.695, considerando que el titular hace uso de permiso sin goce de remuneraciones por un período inferior a 45 días. Sobre el particular, cabe señalar que el inciso final del artículo 6° de Ley N° 18.883, establece que son subrogantes aquellos funcionarios que entran a desempeñar el empleo del titular o suplen...

Texto del dictamen