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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 36782

2009-07-09

La JUNJI no se encuentra autorizada legalmente parJUNJI, cobro costos materiales, gratuidad Administ

Sumario

N° 36.782 Fecha: 9-VII-2009 La Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles ha solicitado un pronunciamiento respecto de la facultad de ese organismo para cobrar por los servicios que preste por la atención y cuidado de párvulos, en virtud de lo dispuesto en la letra b), del artículo 17 de la ley N° 17.301, que contempla como una de las fuentes de financiamiento de ese organismo, los ingresos, por concepto de derechos u otros de sus propios servicios. Al respecto, la entidad ocurrente manifiesta que los beneficiarios de dicha atención, corresponderían a hijos de mad...

Texto del dictamen