Dictamen N° 57558
2008-12-04
Según los artículos 8 de la Constitución, 13 de laCopias procedimiento administrativo, interesados,
Sumario
N° 57.558 Fecha: 4-XII-2008 Don Max Felipe Correa Achurra solicita a la Contraloría General copia de todos los antecedentes relacionados con los oficios de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y de esta Entidad de Fiscalización, que indica. Sobre el particular, cumple con señalar que, en atención a lo previsto en los artículos 8° de la Constitución Política de la República; 13 del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucio...
Texto del dictamen
N° 57.558 Fecha: 4-XII-2008 Don Max Felipe Correa Achurra solicita a la Contraloría General copia de todos los antecedentes relacionados con los oficios de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y de esta Entidad de Fiscalización, que indica. Sobre el particular, cumple con señalar que, en atención a lo previsto en los artículos 8° de la Constitución Política de la República; 13 del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; 4°, 11, 16, 17 y 21 de la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, las personas -incluidos los terceros ajenos al procedimiento que les dio origen- tienen el derecho a acceder a los actos administrativos cuya tramitación se encuentre finalizada, en tanto que los interesados en un procedimiento administrativo pueden obtener copias de los diversos documentos que rolan en el expediente respectivo, si acreditan dicha calidad de conformidad con el artículo 21 ya mencionado. Ahora bien, teniendo en consideración que el peticionario no ha acreditado la calidad de interesado en el procedimiento de que se trata, y que se encuentra pendiente, no resulta procedente otorgarle las copias que solicita (aplica criterio contenido en el dictamen N° 17.583, de 2008).