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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 48977

2008-10-20

La Superintendencia de Valores y Seguros no puede gratuidad registro asesores previsionales

Sumario

N° 48.977 Fecha: 20-X-2008 La Superintendencia de Valores y Seguros ha solicitado un pronunciamiento de esta Contraloría General respecto de la procedencia de que ese organismo pueda cobrar, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del decreto ley N° 3.538, de 1980, del Ministerio de Hacienda, determinados derechos por las inscripciones y actuaciones que se realicen en el Registro de Asesores Previsionales que mantendrá en forma conjunta con la Superintendencia de Pensiones, según lo establecido en el artículo 172 del decreto ley N° 3.500, de 1980. Sobre el particular; es necesario...

Texto del dictamen