Dictamen N° 28876
2008-06-24
La facultad para suscribir actos administrativos rfacultad contratar Registro Civil, delegación dire
Sumario
N° 28.876 Fecha: 24-VI-2008 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución N° 457 de 2008, del Servicio de Registro Civil e Identificación, mediante el cual se pone término al contrato de don Héctor Emilio Figueroa Faúndez como Administrativo grado 12° EUS en la Unidad de Administración y Finanzas de la Dirección Regional Metropolitana y lo contrata en el mismo cargo y grado en la Unidad de Operaciones de la misma Dirección Regional, conservando la propiedad del cargo de que es titular, con arreglo a lo establecido en los artículos 87, letra d), y 88 del DFL...
Texto del dictamen
N° 28.876 Fecha: 24-VI-2008 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución N° 457 de 2008, del Servicio de Registro Civil e Identificación, mediante el cual se pone término al contrato de don Héctor Emilio Figueroa Faúndez como Administrativo grado 12° EUS en la Unidad de Administración y Finanzas de la Dirección Regional Metropolitana y lo contrata en el mismo cargo y grado en la Unidad de Operaciones de la misma Dirección Regional, conservando la propiedad del cargo de que es titular, con arreglo a lo establecido en los artículos 87, letra d), y 88 del DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo. Lo anterior, en atención a que la facultad para suscribir actos administrativos como los de la especie radica en el Director Nacional de esa Institución, toda vez que dicha determinación obedece al ejercicio de las atribuciones que para la correcta gestión y organización de la repartición a su cargo, le otorga privativamente el inciso segundo del articulo 31° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, considerando que sus efectos tendrán una incidencia directa en el ordenamiento estable de la entidad y que, por ende, difiere de la facultad de contratar personal que, entre otras, se ha delegado en los Directores Regionales, mediante la resolución N° 525, de 2007 autorizándolos para suscribir los actos administrativos que incidan en esta materia bajo la formula Por orden del Director Nacional, que ésta dice relación con la contratación de personas ajenas a ese Organismo. Consecuente con lo expuesto, se devuelve a esa Superioridad sin tramitar la resolución indicada, a fin de que se sirva ordenar las medidas tendientes a subsanar la objeción anotada