Dictamen N° 56792
2007-12-12
Cursa decreto 193/2007, de Defensa, que establece disposiciones nombramiento y concurrencia alumnos
Sumario
N° 56.792 Fecha: 12-XII-2007 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto 193, de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, mediante el cual se establecen las disposiciones para el nombramiento y concurrencia de los alumnos a los cursos regulares de la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos, para el año 2008, en el entendido que la disposición contenida en el número 3 del documento en estudio, que precisa: "Los Ministerios y Organismos Estatales que se indican, designarán profesionales de sus plantas (Servicios y Organismos dependientes) para integrar los cursos que se ...
Texto del dictamen
N° 56.792 Fecha: 12-XII-2007 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto 193, de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, mediante el cual se establecen las disposiciones para el nombramiento y concurrencia de los alumnos a los cursos regulares de la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos, para el año 2008, en el entendido que la disposición contenida en el número 3 del documento en estudio, que precisa: "Los Ministerios y Organismos Estatales que se indican, designarán profesionales de sus plantas (Servicios y Organismos dependientes) para integrar los cursos que se señalan:", no tiene el carácter de norma imperativa para la Contraloría General de la República, ni para los servicios públicos descentralizados que allí se expresan, en atención a lo dispuesto en el artículo 98 de la Constitución Política y en los artículos 29 y 31 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, respectivamente. Asimismo, cabe manifestar que en la referida disposición número 3 del instrumento en comento, se señala en las letras j), r) y t), al "Ministerio de Planificación y Cooperación", al "Ministerio Servicio Nacional de la Mujer" y al "Ministerio de Energía", respectivamente, alusiones que de acuerdo con las normativas orgánicas correspondientes deben entenderse efectuadas, también respectivamente, al Ministerio de Planificación, al Servicio Nacional de la Mujer y a la Comisión Nacional de Energía. Por último, corresponde señalar que en la letra b) de los vistos del decreto en cuestión, se cita el artículo 50 de la antes indicada ley N° 18.575, referencia que corresponde actualmente al artículo 48 del texto refundido coordinado y sistematizado de la misma ley, contenido en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Con los alcances anotados, se ha tomado razón del decreto 193, de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional.