Dictamen N° 26680
2007-06-13
Los actos administrativos de los Órganos Administractos administrativos mun, documentos sustentantes
Sumario
N° 26.680 Fecha: 13-VI-2007 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña X.M., reclamando en contra de la Municipalidad de Santiago, por cuanto ésta habría anulado el concurso público de antecedentes destinado a proveer, en lo que interesa, el cargo de docente de aula en la asignatura de matemáticas en el Liceo A-7 Teresa Prats de Sarratea. Requerido informe al respectivo municipio, éste lo evacuó mediante el oficio ordinario N° 1.362, de 25 de mayo de 2007, cuya fotocopia se adjunta para su conocimiento. Sin perjuicio de lo anterior y respecto del derecho a conocer los resultados del ...
Texto del dictamen
N° 26.680 Fecha: 13-VI-2007 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña X.M., reclamando en contra de la Municipalidad de Santiago, por cuanto ésta habría anulado el concurso público de antecedentes destinado a proveer, en lo que interesa, el cargo de docente de aula en la asignatura de matemáticas en el Liceo A-7 Teresa Prats de Sarratea. Requerido informe al respectivo municipio, éste lo evacuó mediante el oficio ordinario N° 1.362, de 25 de mayo de 2007, cuya fotocopia se adjunta para su conocimiento. Sin perjuicio de lo anterior y respecto del derecho a conocer los resultados del concurso que reclama la interesada, resulta preciso manifestar que de acuerdo lo previene el artículo 8°, inciso segundo, de la Constitución Política de la República, son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés social. En conformidad con lo anterior, el artículo 13 de la ley N° 18.575, dispone que los actos administrativos de los órganos administrativos y los documentos que les sirven de sustento o complemento directo y esencial, son públicos y si la información no está a disposición del público permanentemente, el interesado puede pedirla por escrito al jefe de servicio, según el procedimiento establecido en la ley. En este contexto, el recurrente pudo haber solicitado información respecto de los resultados del certamen en comento, a la Municipalidad de Santiago, la que hubiera estado en el imperativo de otorgársela.