Dictamen N° 23476
2006-05-18
ha procedido destinacion de funcionario municipal destinacion jefe depto remuneraciones a jefe viver
Sumario
N° 23.476 Fecha: 18-V-2006 Funcionario grado 12° de la planta de Jefaturas y Presidente de la Asociación de Funcionarios de la Planta General de la Municipalidad de Maipú, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando, por las razones que expone, la reconsideración del Dictamen N° 6.984 de 2006, de esta Contraloría General. Como cuestión previa, es útil recordar que el citado pronunciamiento determinó, luego de analizados los antecedentes tenidos a la vista, que en atención a que el recurrente fue nombrado a través del Decreto Alcaldicio N° 26, de 2003, en un cargo genérico de la p...
Texto del dictamen
N° 23.476 Fecha: 18-V-2006 Funcionario grado 12° de la planta de Jefaturas y Presidente de la Asociación de Funcionarios de la Planta General de la Municipalidad de Maipú, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando, por las razones que expone, la reconsideración del Dictamen N° 6.984 de 2006, de esta Contraloría General. Como cuestión previa, es útil recordar que el citado pronunciamiento determinó, luego de analizados los antecedentes tenidos a la vista, que en atención a que el recurrente fue nombrado a través del Decreto Alcaldicio N° 26, de 2003, en un cargo genérico de la planta de jefaturas, grado 12°, contrario a lo por él señalado, que sostenía que su nombramiento correspondía a uno de denominación específica, cual era el de Jefe de Personal, su destinación dispuesta por el Municipio, desde la Dirección de Administración y Finanzas, donde desempeñaba funciones como Jefe del Departamento de Remuneraciones, a la Dirección de Aseo y Ornato, como Jefe Administrativo del Vivero Municipal, se ajustaba a derecho, por cuanto no vulneraba lo establecido en el artículo 70 de Ley N° 18.883, como tampoco lo contemplado en el artículo 25, inciso segundo, de Ley N° 19.296, relativo al fuero gremial. Sobre el particular, este Ente Fiscalizador cumple con señalar que, efectuado un nuevo estudio sobre la procedencia de la destinación en comento -atendiendo, para esos efectos, tanto a los antecedentes que se han acompañado, como las consideraciones que se han expuesto- éste no altera lo concluido en el pronunciamiento cuya reconsideración se solicita, por lo tanto, la destinación que nos ocupa se ajustó a derecho, pues el municipio se ciñó a la normativa que rige la materia. No obstante lo anterior, cabe manifestar, que la circunstancia de que el recurrente haya desempeñado la función de Jefe del Departamento de Remuneraciones, en la Dirección de Administración y Finanzas, en nada varía que su nombramiento haya sido en un cargo genérico de la planta municipal, pues a través de éste se debe necesariamente realizar una función municipal, correspondiente a aquéllas que se señalan en Ley N° 18.695. De consiguiente, este órgano de Control ratifica en todas sus partes, el Dictamen N° 6.984, de 2006. Sin embargo, la Municipalidad de Maipú, deberá de inmediato adoptar las medidas necesarias a fin de que el lugar de trabajo del interesado reúna las condiciones mínimas de higiene, seguridad y salubridad, en cumplimento del principio de dignidad de la función pública consagrado en el artículo 17 de la Ley 18.575, si como argumenta el recurrente, el recinto carece de aquéllas. (Aplica Dictamen N° 1.129 de 1996). Finalmente, respecto a las denuncias realizadas por el recurrente, cabe informar que se han remitido los antecedentes a la Subdivisión de Auditoría e Inspección, de la División de Municipalidades, para que determine la efectividad de lo denunciado, específicamente, se verifique la asignación de funciones del interesado, en su calidad de Jefe del Vivero Municipal y las condiciones físicas de su lugar de trabajo.