Saltar al contenido
Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 6446

2006-02-09

el personal masculino de la armada de chile, en cadescanso paternal ffaa, armada

Sumario

N° 6.446 Fecha: 9-II-2006 Se ha dirigido a esta Entidad de Control el Director General del Personal de la Armada de Chile, solicitando un pronunciamiento acerca de la aplicación que, con respecto al personal masculino de la Armada, tendrían las normas sobre permiso y descanso paternal consagradas en los artículos 66 y 195 del Código del Trabajo, respectivamente. La autoridad ocurrente en informe jurídico que acompaña, manifiesta, en síntesis, que del estudio de la normativa aparece que sólo sería aplicable al personal masculino de la institución el beneficio de descanso paternal previsto e...

Texto del dictamen