Dictamen N° 57842
2007-12-19
Diploma de Ingeniero Físico, otorgado por la UniveIngeniero Físico USACH
Sumario
N° 57.842 Fecha: 19-XII-2007 El Jefe de la Subdivisión Nombramientos de esta Contraloría General, ha solicitado un pronunciamiento que determine si el título de Ingeniero Físico, otorgado por la Universidad de Santiago de Chile, tiene la calidad de título profesional habilitante para ser contratado como profesional grado 14° E.U.S., en la Comisión Chilena de Energía de Nuclear.. Como cuestión previa, cabe señalar, que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la Universidad de Santiago de Chile, imparte la carrera de Licenciatura en Física Aplicada, conducente al título profesio...
Texto del dictamen
N° 57.842 Fecha: 19-XII-2007 El Jefe de la Subdivisión Nombramientos de esta Contraloría General, ha solicitado un pronunciamiento que determine si el título de Ingeniero Físico, otorgado por la Universidad de Santiago de Chile, tiene la calidad de título profesional habilitante para ser contratado como profesional grado 14° E.U.S., en la Comisión Chilena de Energía de Nuclear.. Como cuestión previa, cabe señalar, que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la Universidad de Santiago de Chile, imparte la carrera de Licenciatura en Física Aplicada, conducente al título profesional de Ingeniero Físico, con un período de formación de 12 semestres. Sobre el particular, se debe considerar lo dispuesto en el artículo 35 de la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación, que previene que título profesional es el que se otorga a un egresado de un Instituto Profesional o de una Universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. Relacionado con lo anterior, es importante destacar que lo que caracteriza a un título profesional, no es tan sólo su duración, medida en número de semestres y en horas de clases, sino que éste es definido, principalmente, atendiendo al contenido, nivel y carga académica del plan de estudios de la carrera respectiva, esto es, que entregue el conocimiento teórico propio de una ciencia que permita al estudiante, en relación con ella, el desarrollo de una actividad específica, vale decir, se trata de una formación académica que tiende a lo general, orientada a permitir el desarrollo de una profesión, y no sólo el aprendizaje de conocimientos destinados a apoyar una determinada práctica. Por ello, en una carrera profesional el conocimiento entregado al estudiante tiende a la universalidad, por lo que puede, en definitiva, conducir a las más variadas formas de desarrollo como resultado de los conocimientos generales y teóricos que se han impartido. Puntualizado lo anterior, cabe señalar, que el artículo único, letra a), del DFL N° 4, de 1990, del Ministerio de Minería, que adecua plantas y escalafones de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, establece que para el ingreso y promoción de los cargos de profesionales ubicados entre los grados 14° al 22° EUR., se requiere acreditar la posesión de un título profesional (aplica dictamen N° 47.184, de 2002). En consecuencia, con el mérito de los antecedentes tenidos a la vista, es dable concluir que el diploma de Ingeniero Físico, otorgado por la Universidad de Santiago de Chile, reúne los requisitos propios de un título profesional y es habilitante para ser contratado como profesional grado 14° E.U.S., en la Comisión Chilena de Energía Nuclear. Se remite la resolución N° 46, de 2007, de la Comisión Chilena de Energía de Nuclear, con sus antecedentes, para que prosiga su tramitación.