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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 39527

2002-10-04

no procede dictar un reglamento de calificaciones reglamento calificaciones personal ctr mun

Sumario

N° 39.527 Fecha: 4-X-2002 Se ha remitido, por una parte, la presentación interpuesta por don XX, quien se desempeña como Jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal, de una Municipalidad y, por otra, ha solicitado un pronunciamiento en relación a si resulta procedente que dicha Municipalidad dictara un Reglamento de Calificaciones para el personal que labora en dicho Departamento, regido por las normas del Código del Trabajo. Como cuestión previa, útil resulta precisar que la jurisprudencia administrativa ha manifestado que las personas que prestan servicios para las Munic...

Texto del dictamen