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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 38010

2002-09-30

municipalidades pueden transferir en virtud de un enajenacion inmueble municipal

Sumario

N° 38.010 Fecha: 30-IX-2002 Se ha solicitado un pronunciamiento sobre la posibilidad de que una Municipalidad celebre un contrato de arriendo con opción de compra -respecto de un bien raíz de su propiedad- con la Sociedad XX, considerando que en dicho terreno el Municipio ha efectuado una inversión con el objeto de construir las instalaciones necesarias para el funcionamiento de la referida sociedad. Agrega que, compartiendo la opinión de la Municipalidad, esa entidad edilicia estaría impedida de celebrar el contrato en comento, por cuanto éste no se encuentra previsto en la normativa regula...

Texto del dictamen