Dictamen N° 27087
2002-07-17
no procede otorgar a empresa solicitante, copia sientrega copia presentaciones contr ministerios y t
Sumario
N° 27.087 Fecha: 17-VII-2002 Se ha dirigido a esta Contraloría General don R.C., en representación de VTR S.A., solicitando copia simple de las presentaciones realizadas ante esta Entidad por los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Reconstrucción, por la Subsecretaría de Telecomunicaciones y por terceros, como asimismo de todo antecedente adicional que actualmente o en el futuro se conozca y que diga relación con la fijación tarifaria de cargos de acceso sancionada mediante el decreto N° 26, de 2002, de las mencionadas Secretarías de Estado. Sobre el pa...
Texto del dictamen
N° 27.087 Fecha: 17-VII-2002 Se ha dirigido a esta Contraloría General don R.C., en representación de VTR S.A., solicitando copia simple de las presentaciones realizadas ante esta Entidad por los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Reconstrucción, por la Subsecretaría de Telecomunicaciones y por terceros, como asimismo de todo antecedente adicional que actualmente o en el futuro se conozca y que diga relación con la fijación tarifaria de cargos de acceso sancionada mediante el decreto N° 26, de 2002, de las mencionadas Secretarías de Estado. Sobre el particular, cumple señalar que de conformidad con la reiterada jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros; en los dictámenes N°s 17.520, de 1984, 15.726, de 1986, 31.004, de 1991 y 19420, de 1999, este Organismo de Control sólo puede proporcionar copia de los informes y documentos que emita, pero no de los evacuados por otros organismos o terceras personas, los que, por tanto, deben requerirse directamente al respectivo servicio o persona de quien hayan emanado. Con todo, se remite adjunto extracto del dictamen N° 35.259, del año 2000, que se refiere al deber de los órganos administrativos de entregar a los interesados -sin perjuicio de la obligación especial derivada de lo dispuesto por el artículo 11 bis de la ley N° 18.575- copia de los documentos que no posean el carácter de reservados.