Dictamen N° 51060
2008-10-30
Devuelve resoluciones del Servicio de Impuestos Inexención toma de razón, orden subrogacion cargos S
Sumario
N° 51.060 Fecha: 30-X-2008 Esta Contraloría General no ha tomado razón de las resoluciones Nos 1.048 y 1.065, de 2008, del Servicio de Impuestos Internos que, respectivamente, fijan el orden de subrogación de los cargos de Director Regional de las Direcciones Regionales Metropolitanas de Santiago Oriente y Santiago Sur del citado Servicio, toda vez que no se encuentran afectos a trámite alguno ante este Organismo Fiscalizador. En efecto, de conformidad con lo prescrito en la resolución N° 520, de 1996, de esta Contraloría General, que establece normas sobre exención del trámite de toma de ...
Texto del dictamen
N° 51.060 Fecha: 30-X-2008 Esta Contraloría General no ha tomado razón de las resoluciones Nos 1.048 y 1.065, de 2008, del Servicio de Impuestos Internos que, respectivamente, fijan el orden de subrogación de los cargos de Director Regional de las Direcciones Regionales Metropolitanas de Santiago Oriente y Santiago Sur del citado Servicio, toda vez que no se encuentran afectos a trámite alguno ante este Organismo Fiscalizador. En efecto, de conformidad con lo prescrito en la resolución N° 520, de 1996, de esta Contraloría General, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón, deben ser remitidos para el indicado examen previo de juridicidad, entre otros, los decretos y resoluciones sobre nombramientos, carácter que no poseen los actos que, como los ahora analizados, se limitan a alterar el orden de subrogación de los empleos públicos. De la misma manera, es dable anotar que los decretos y resoluciones que fijan un orden especial de subrogación, tampoco están afectos a registro, toda vez que no se comprenden dentro de aquellos que, según lo prescrito en el artículo 10° de la citada resolución N° 520, de 1996, están sometidos a dicho trámite. En consecuencia, y en concordancia con lo expresado por esta Entidad Fiscalizadora en su dictamen N° 55.894, de 2007, se devuelven, sin tramitar, las resoluciones N°s. 1.048 y 1.065, de 2008. del Servicio de Impuestos Internos