Dictamen N° 34209
2004-07-08
cursa resoluciones que autorizan la internacion depaginas en blanco inutilizadas subrogacion
Sumario
N° 34.209 Fecha: 8-VII-2004 La Contraloría General ha dado curso las resoluciones del Ministerio de Hacienda, que en conformidad con lo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 17.238, autorizan la internación de vehículos de características técnicas especiales destinados a las personas que en cada caso se individualizan, por cuanto se ajustan a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que en lo sucesivo deberán ser inutilizadas con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco que conforman los instrumentos como los de la naturaleza en examen, conforme lo...
Texto del dictamen
N° 34.209 Fecha: 8-VII-2004 La Contraloría General ha dado curso las resoluciones del Ministerio de Hacienda, que en conformidad con lo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 17.238, autorizan la internación de vehículos de características técnicas especiales destinados a las personas que en cada caso se individualizan, por cuanto se ajustan a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que en lo sucesivo deberán ser inutilizadas con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco que conforman los instrumentos como los de la naturaleza en examen, conforme lo determinado por la reiterada jurisprudencia de este Organismo de Control, dictámenes N° 8.292 de 2000, 23.280 de 1993 y 21.674 de 1990, entre otros, exigencia que no se cumple en la especie. Por otra parte y con arreglo a lo manifestado en el dictamen N° 8.221 de 1962, de esta Entidad Fiscalizadora, las copias o transcripciones de las resoluciones dictadas por los Subsecretarios deben ser autorizadas por el funcionario que lo subrogue conforme a la ley, sin perjuicio que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley N° 18.834, la autoridad facultada para efectuar el nombramiento pueda determinar otro orden de subrogación en el caso de los cargos de exclusiva confianza, de acuerdo a lo determinado en los dictámenes N°s 37.512 de 1996, 19.517 de 1991, 23.704 y 17.612, ambos de 1990, entre otros, de esta Entidad Fiscalizadora. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de las resoluciones de la suma.