Saltar al contenido
Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 55090

2003-12-03

al administrador municipal le corresponde por derejuntas calificadoras mun administrador municipal

Sumario

N° 55.090 Fecha: 3-XII-2003 Alcalde de una Municipalidad ha solicitado la reconsideración del Dictamen N° 35.926 de 2003, que modificó el criterio jurisprudencial sustentado por este Organismo respecto a la integración de las Juntas Calificadoras de las Municipalidades y, por ende, de los Comités de Selección de Concursos de las mismas. Tal solicitud de reconsideración se basa en que dicho pronunciamiento omitió tener en cuenta que las Juntas Calificadoras debieran estar siempre integradas por el Administrador Municipal, atendido tanto lo dispuesto en el artículo 7° de Ley N° 19.602 -ratif...

Texto del dictamen