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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° E12402

2025-01-24

Los contratados a honorarios a suma alzada no debeteletrabajo, contratos honorarios

Sumario

N° E12402 Fecha: 24-01-2025 I. Antecedentes Doña Paola Castro Caneo, prestadora de servicios a honorarios a suma alzada de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, solicita un pronunciamiento que determine si, en dicha calidad, tiene derecho al teletrabajo regulado en el artículo 67 de la ley N° 21.526 y, en el evento de estimarse que no, si le corresponde tener acceso a esa modalidad de desempeño de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la ley N° 21.647. Al respecto, la anotada subsecretaría señala que el citado artículo 67 solo rige para los funcionarios, p...

Texto del dictamen