Dictamen N° 40103
2007-09-04
Diploma de Actriz, otorgado por la Universidad FinTítulo Actriz Universidad Finis Terrae
Sumario
N° 40.103 Fecha: 4-IX-2007 Se ha dirigido a esta Contraloría General, doña XX, funcionaria de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, quien solicita un pronunciamiento que determine si el diploma de Actriz de la Universidad Finis Terrae, reviste el carácter de título profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional. Idéntica petición formula la Directora de Bibliotecas, Archivos y Museos. Requerido su informe, la Subsecretaría de Educación lo remitió mediante el oficio N° 881 A, de 2007. Por su parte, de los antecedentes acompañados por la interesada, a...
Texto del dictamen
N° 40.103 Fecha: 4-IX-2007 Se ha dirigido a esta Contraloría General, doña XX, funcionaria de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, quien solicita un pronunciamiento que determine si el diploma de Actriz de la Universidad Finis Terrae, reviste el carácter de título profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional. Idéntica petición formula la Directora de Bibliotecas, Archivos y Museos. Requerido su informe, la Subsecretaría de Educación lo remitió mediante el oficio N° 881 A, de 2007. Por su parte, de los antecedentes acompañados por la interesada, aparece que la Universidad Finis Terrae imparte la carrera de Actuación, conducente al grado académico de Licenciado en Actuación y al título de Actriz, con una duración de 8 semestres y 3.288 horas de clases. Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que el artículo 35 del DFL. N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, dispone que título profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. Ahora bien, analizados los antecedentes tenidos a la vista, es posible señalar que el diploma por el cual se consulta, reúne los requisitos propios de un título profesional. En otro orden de ideas, es menester expresar que el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, modificado por el artículo 8° de la ley N° 19.699, dispone que para percibir el beneficio de asignación profesional, el interesado debe cumplir en alguna de las entidades señaladas en los artículos 1° y 2° del decreto ley N° 249, de 1973, una jornada de trabajo de 44 horas semanales y acreditar la posesión de un título profesional de 6 semestres y 3.200 horas de clases, requisitos, estos últimos, que se cumplen por el diploma en estudio. Por consiguiente, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que el diploma de Actriz, otorgado por la Universidad Finis Terrae, reviste el carácter de título profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional, en la medida, por cierto, que se cumplan los demás requisitos exigidos al efecto.