Dictamen N° 53452
2005-11-14
no procede otorgar asignacion de especialidad a fuasignacion especialidad usach, funcionario adminis
Sumario
N° 53.452 Fecha: 14-XI-2005 Se ha dirigido a esta Contraloría General, funcionaria administrativa, grado 17° de la Universidad de Santiago de Chile, quien solicita un pronunciamiento que determine si le asiste derecho a percibir la asignación de especialidad establecida en el Decreto Universitario N° 434, de 2001, de la señalada Casa de Estudios Superiores. Requerido su informe, el Rector de la Universidad de Santiago de Chile, por el Oficio N° 194, de 2005, manifiesta que el decreto mencionado estableció un beneficio económico para los funcionarios que a la fecha de su entrada en vigencia...
Texto del dictamen
N° 53.452 Fecha: 14-XI-2005 Se ha dirigido a esta Contraloría General, funcionaria administrativa, grado 17° de la Universidad de Santiago de Chile, quien solicita un pronunciamiento que determine si le asiste derecho a percibir la asignación de especialidad establecida en el Decreto Universitario N° 434, de 2001, de la señalada Casa de Estudios Superiores. Requerido su informe, el Rector de la Universidad de Santiago de Chile, por el Oficio N° 194, de 2005, manifiesta que el decreto mencionado estableció un beneficio económico para los funcionarios que a la fecha de su entrada en vigencia, pertenecían a la Universidad, encontrándose en posesión del título de Técnico Universitario y a quienes al día 8 de enero de 1998 se encontraban cursando estudios conducentes al título de técnico en instituciones de educación superior. Agrega que según los antecedentes tenidos a la vista, la interesada ingresó al servicio el 25 de febrero de 2002, esto es, con posterioridad a la fecha de entrada en vigor del referido decreto, a saber, 28 de agosto de 2001, motivo por el cual no se encuentra amparada por la normativa precitada. Sobre el particular, cabe señalar que el Decreto Universitario N° 434, de 2001, de la Universidad de Santiago de Chile, dispuso en su artículo 1° la creación de una asignación de especialidad para los actuales funcionarios administrativos que se encuentren en posesión de un título de técnico otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste. Agrega el inciso segundo de la norma precitada, que tendrán derecho a este emolumento los funcionarios administrativos que, al 8 de enero de 1998, tuvieron la calidad de alumnos regulares en instituciones de educación superior en carreras conducentes al título de técnico y que hubieren acreditado su condición de tales ante el Departamento de Recursos Humanos, en las condiciones que la disposición establece. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista se infiere que la peticionaria ingresó a la Universidad de Santiago de Chile como funcionaria administrativa el día 25 de febrero de 2002, esto es, con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia del referido decreto, y a la época de protección especial prevista en su texto, esto es, al 8 de enero de 1998, y además no consta que a esa data la interesada haya acreditado su calidad de alumna regular de una carrera conducente a un título de técnico ante el Departamento de Recursos Humanos de la citada Casa de Estudios Superiores. (Aplica Dictámenes N°s. 14.917 de 2002 y 34.137 de 2003). En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, es forzoso concluir que a la interesada no le asiste el derecho para percibir la asignación de especialidad requerida.