Dictamen N° 12398
2003-04-01
diploma de secretaria ejecutiva, otorgado por la esecretaria ejecutiva, cargo dipreca
Sumario
Nº 12.398 Fecha: 1-IV-2003 Doña S.E.R.C, funcionaria de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento que determine si el diploma de Secretario Administrativo, otorgado por la Dirección de Educación del Ministerio de Educación, que posee, la habilita para desempeñar un cargo grado 21% en la planta de técnicos en la citada Entidad Previsional. En relación con la materia, cabe manifestar, en primer término, que el artículo 27 de la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, previene que el Ministerio de E...
Texto del dictamen
Nº 12.398 Fecha: 1-IV-2003 Doña S.E.R.C, funcionaria de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento que determine si el diploma de Secretario Administrativo, otorgado por la Dirección de Educación del Ministerio de Educación, que posee, la habilita para desempeñar un cargo grado 21% en la planta de técnicos en la citada Entidad Previsional. En relación con la materia, cabe manifestar, en primer término, que el artículo 27 de la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, previene que el Ministerio de Educación Pública otorgará el título de técnico de nivel medio a los alumnos de los establecimientos de enseñanza media técnico profesional, cuya licencia será equivalente a la licencia de enseñanza media. A mayor abundamiento, se debe hacer presente que los antiguos Institutos Superiores de Comercio nunca tuvieron la categoría de Instituciones de Educación Superior, sino que, por el contrario, éstos poseen la calidad de establecimientos de enseñanza técnico profesional dependientes de la ex Dirección de Educación Profesional del Ministerio de Educación, razón por la cual los diplomas que otorgaron tienen la calidad de técnicos de nivel medio. (Aplica dictamen Nº 17.949, de 2002). Precisado lo anterior, es menester señalar, ahora, que el artículo único del DFL. Nº 2, de 1990, del Ministerio de Defensa Nacional, que adecua las plantas y escalafones de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, dispone que para el ingreso y promoción en los cargos de la planta de técnicos se requerirá, alternativamente, poseer un título de técnico de una carrera con un curriculum inferior a 6 semestres de duración, otorgado por un instituto o establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste o, un título de Técnico otorgado por un establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional o, haber aprobado a lo menos 4 semestres de una carrera profesional universitaria impartida por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. En consecuencia, en mérito de lo expuesto en los párrafos precedentes, es dable concluir que el diploma de Secretaria Ejecutiva, otorgado por la ex Dirección de Educación Profesional del Ministerio de Educación, que posee la interesada, al tener la calidad de título de técnico de nivel medio, la habilita para desempeñar un cargo, grado 21°, en la planta de técnicos de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.