Dictamen N° 8007
2001-03-05
conforme lo informado por la subsecretaria de educpublicista duoc
Sumario
N° 8.007 5-III-2001 Funcionaria a contrata, de Gobierno Regional, solicita un pronunciamiento que determine si el título de Publicista, otorgado por el Instituto Profesional DUOC, habilita para percibir asignación profesional. Requerido su informe, el Subsecretario de Educación, mediante Oficio N° 06/01577, de 2000, señala que el Instituto Profesional DUOC, actual Instituto Profesional DUOC UC, fue creado en 1983 bajo las normas del DFL. N° 5, “otorgando el título profesional de Publicista con salida intermedia de publicista de nivel técnico”, con la examinación de la Ponti...
Texto del dictamen
N° 8.007 5-III-2001 Funcionaria a contrata, de Gobierno Regional, solicita un pronunciamiento que determine si el título de Publicista, otorgado por el Instituto Profesional DUOC, habilita para percibir asignación profesional. Requerido su informe, el Subsecretario de Educación, mediante Oficio N° 06/01577, de 2000, señala que el Instituto Profesional DUOC, actual Instituto Profesional DUOC UC, fue creado en 1983 bajo las normas del DFL. N° 5, “otorgando el título profesional de Publicista con salida intermedia de publicista de nivel técnico”, con la examinación de la Pontificia Universidad Católica de Chile, quién aprobó los planes y programas de estudios respectivos. A partir de 1989, la carrera es liberada de la examinación en conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 1.076. Agrega que, en 1995, el citado instituto profesional obtiene su plena autonomía e imparte, entre otras, la carrera de Publicidad con el título Profesional de Publicista con mención en Planificación de Marketing y Medios o en Creatividad Gráfica y Audiovisual, cuya duración es de 8 semestres, concluyendo luego que dicho título cumple con los requisitos establecidos en Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, para un título profesional. A su vez, de acuerdo a los antecedentes recabados, el Instituto Profesional DUOC, actual Instituto Profesional DUOC UC, imparte la carrera de publicidad con una malla curricular de duración de 8 semestres, conducente al título de Publicista con menciones en Planificación de Marketing y Medios y en Creación Gráfica y Audiovisual. Al respecto, es dable señalar que el artículo 31, inciso 7°, de Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, previene que título profesional es el que se otorga a un egresado de un Instituto Profesional o de una Universidad que ha aprobado un programa de estudios, cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, es menester concluir que el título de Publicista otorgado por el Instituto Profesional DUOC, actual Instituto Profesional DUOC UC, reúne los requisitos para ser considerado un título profesional y, por ende, habilita a quienes lo posean para percibir la asignación profesional contemplada en el artículo 3 del Decreto Ley N° 479, de 1974.