Dictamen N° 36404
2000-09-25
la presidencia de una junta calificadora central cpresidencia junta calificadora central
Sumario
N° 36.404 Fecha: 25-IX-2000 Se solicita la complementación del Dictamen N° 34.680, de 1999, de esta Oficina, por cuanto, a su juicio, se requiere un pronunciamiento tendiente a establecer si se puede aplicar el mismo criterio sustentado en ese pronunciamiento, para la elección del presidente de la Junta Calificadora. Sobre el particular, cumple esta Entidad de Control con manifestar que para determinar a quien corresponderá ser presidente de la Junta Calificadora en un servicio determinado, debe atenderse al principio de la jerarquización al que se encuentran afectos los servidores de la Ad...
Texto del dictamen
N° 36.404 Fecha: 25-IX-2000 Se solicita la complementación del Dictamen N° 34.680, de 1999, de esta Oficina, por cuanto, a su juicio, se requiere un pronunciamiento tendiente a establecer si se puede aplicar el mismo criterio sustentado en ese pronunciamiento, para la elección del presidente de la Junta Calificadora. Sobre el particular, cumple esta Entidad de Control con manifestar que para determinar a quien corresponderá ser presidente de la Junta Calificadora en un servicio determinado, debe atenderse al principio de la jerarquización al que se encuentran afectos los servidores de la Administración del Estado y que encuentra su sustento en Ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, en sus artículos 7°, 14 y 47. Dicho principio constituye un pilar fundamental de la carrera funcionaria y, la interpretación que se realice de las normas sobre calificaciones del personal de la Administración del Estado debe enmarcarse en aquél. De esta forma, es posible señalar que la Junta Calificadora debe estar constituida por los cinco funcionarios de mayor nivel jerárquico de un Servicio, excepto el jefe superior del mismo, correspondiendo presidirla al de mayor jerarquía de ellos, más un representante del personal elegido por el personal. (Aplica Dictámenes N°s. 17.351, de 1995, 34.680, de 1999 y 44.775, de 1999). En consecuencia, complementando el Dictamen N° 34.680, de 1999, de esta Entidad Fiscalizadora, es dable indicar que la presidencia de la Junta Calificadora Central corresponderá a aquél funcionario que tenga la más alta jerarquía entre los cinco miembros de mayor rango que conforman dicho Organo Evaluador, por cuanto ello guarda relación con el principio de la jerarquía que informa la organización de todo servicio público, teniendo presente para ello que a igualdad de grado prima la pertenencia a la planta directiva. Es cuanto procede informar al respecto.