Dictamen N° 14305
2000-04-25
conforme lo informado por la subsecretaria de educpublicista mencion produccion audiovisual
Sumario
N° 14.305 25-IV-2000 Fiscal del Ministerio de Obras Públicas, solicita un pronunciamiento que determine si el diploma de Publicista con Mención en Producción Audiovisual, otorgado por el Instituto Profesional del Pacífico, posee el carácter de título profesional y si habilita para percibir la asignación profesional que contempla el artículo 3° del DL. N° 479, de 1974. En el mismo sentido se ha recibido una consulta de funcionaria de la Dirección de Vialidad, de dicha Secretaría de Estado. Requerido su informe, la Subsecretaría de Educación, mediante Oficio N° 211, de 2000, manifiesta...
Texto del dictamen
N° 14.305 25-IV-2000
Fiscal del Ministerio de Obras Públicas, solicita un pronunciamiento que determine si el diploma de Publicista con Mención en Producción Audiovisual, otorgado por el Instituto Profesional del Pacífico, posee el carácter de título profesional y si habilita para percibir la asignación profesional que contempla el artículo 3° del DL. N° 479, de 1974. En el mismo sentido se ha recibido una consulta de funcionaria de la Dirección de Vialidad, de dicha Secretaría de Estado.
Requerido su informe, la Subsecretaría de Educación, mediante Oficio N° 211, de 2000, manifiesta que el referido Instituto impartió la carrera de Publicidad conducente al título profesional de Publicista con menciones en Creatividad Publicitaria, Administración Publicitaria y en Producción Audiovisual. Añade que, en el año 1987, se efectuaron modificaciones al currículum de la carrera al otorgar el título profesional de Publicista con menciones en Creatividad Publicitaria o Marketing Publicitario. Agrega que, desde 1996, se dejó sin efecto la autorización de funcionamiento de la referida carrera, discontinuándose el otorgamiento del diploma respectivo. Concluye dicho informe expresando que, el título de Publicista es de aquellas profesiones cuyos planes y programas de estudio se encuentran liberados de la obligación de ser aprobados por una entidad examinadora, y que el diploma en cuestión cumple con los requisito establecidos por Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza para los títulos profesionales.
Asimismo, por oficio de 24 de marzo del presente año, la Secretaría General del Instituto Profesional del Pacífico manifiesta que la carrera de Publicidad con Mención en Producción Audiovisual fue dictada entre 1982 y 1986, con una duración de cuatro años, como un sistema de formación que reunía áreas disciplinarias conexas, que se desarrollaron en el contexto de la disciplina publicitaria, como el área de las ciencias sociales, economía, técnico creativa y las propiamente publicitarias. Indica, además, que en la actualidad tanto la Universidad Diego Portales, como la Universidad de Santiago de Chile y la Universidad del Pacífico, imparten la carrera de Publicidad otorgando un título profesional, con similares características a la que dictó la Entidad informante.
Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 31 de Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, dispone que título profesional es aquel que se otorga a un egresado de un Instituto Profesional o de una Universidad, que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional.
Ahora bien, de los antecedentes acompañados se desprende que la carrera de Publicidad con mención en Producción Audiovisual tuvo una duración de cuatro años; los dos primeros años correspondían a un currículum general básico, de 4 semestres de duración, constituido por asignaturas que ofrecían al alumno una visión integrada de las áreas vinculadas a la disciplina publicitaria y a la profesión misma, con 25 asignaturas en la malla curricular; en los dos años siguientes, se ofrecían 3 menciones: Administración Publicitaria, Creatividad Publicitaria y Producción Audiovisual, esta última permitía al alumno implementar las metodologías propias de las técnicas audiovisuales y con ello penetrar en la problemática del lenguaje de las imágenes. En esta mención se impartían 15 asignaturas, y luego la exigencia de titulación y práctica profesional.
En consecuencia, con el mérito de lo expuesto es menester concluir que el diploma de Publicista con Mención en Producción Audiovisual, conferido por el Instituto Profesional del Pacífico, constituye un título profesional y habilita para percibir los beneficios que las disposiciones administrativas conceden a quienes los ostentan.