Dictamen N° 7518
2006-02-15
resoluciones de nombramiento emanadas del tribunalnombramientos tribunal contratacion publica, toma
Sumario
N° 7.518 Fecha: 15-II-2006 El Presidente del Tribunal de Contratación Pública, se ha dirigido a esta Contraloría General, a fin de comunicar que, en sesión extraordinaria celebrada con fecha 7 de diciembre de 2005, ese Tribunal acordó nombrar como Ministro de Fe titular del mismo a don Felipe Alberto Olmos Carrasco y, en calidad de suplente, a doña Carmen Paz Valenzuela Céspedes, adjuntando el texto de las resoluciones en que se nombra a las personas ya indicadas para su registro o toma de razón, según en derecho corresponda. Sobre el particular, cumple con advertir que las resoluciones de...
Texto del dictamen
N° 7.518 Fecha: 15-II-2006 El Presidente del Tribunal de Contratación Pública, se ha dirigido a esta Contraloría General, a fin de comunicar que, en sesión extraordinaria celebrada con fecha 7 de diciembre de 2005, ese Tribunal acordó nombrar como Ministro de Fe titular del mismo a don Felipe Alberto Olmos Carrasco y, en calidad de suplente, a doña Carmen Paz Valenzuela Céspedes, adjuntando el texto de las resoluciones en que se nombra a las personas ya indicadas para su registro o toma de razón, según en derecho corresponda. Sobre el particular, cumple con advertir que las resoluciones de que se trata no están sometidas a trámite alguno ante este Organismo de Control, puesto que de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N° 520, de 1996, sobre exención del trámite de toma de razón, modificada por la Resolución N° 661, de 2002, ambas de esta Contraloría General, los nombramientos materializados en resoluciones judiciales, no se encuentran afectos al control preventivo de legalidad por parte de esta Entidad de Control, ni a registro, toda vez que este Organismo no tiene competencia alguna en las resoluciones propias emanadas de organismos jurisdiccionales sometidos a la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema de Justicia, calidad jurídica que tiene el referido tribunal, de acuerdo a lo dispuesto en Capítulo V, de la Ley N° 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. (Aplica criterio contenido en Dictámenes N°s 46.622. de 1980; 26.855, de 1982; 18.740, de 2004 y 28.353, de 2005).