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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° E165483

2021-12-15

Las obligaciones derivadas de contratos de emergenMOOPP, contratos de obra de emergencia, obligacion

Sumario

Nº E165483 Fecha: 15-XII-2021 I. Antecedentes El Ministerio de Obras Públicas consulta si las obligaciones de pago que emanan de los contratos de emergencia previstos en el artículo 111 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas (MOP), pueden ser devengadas antes de la toma de razón del acto administrativo que aprueba el respectivo convenio de obras, al tratarse de acuerdos de cumplimiento inmediato. En su opinión, ante situaciones calificadas de emergencia, las obligaciones se devengan una vez que la Dirección de Contabilidad ...

Texto del dictamen