Dictamen N° 713
2021-04-06
Se abstiene de resolver el recurso de reclamación facultades cgr, abstenciones, requisitos de presen
Sumario
N° 713 Fecha: 06-IV-2021 La Policía de Investigaciones de Chile ha remitido a esta Contraloría General el reclamo presentado por la señora Francisca Agliani Comparini y el señor Patricio Rojas Ramos, abogados, y el señor Jorge Muñoz Providell, en representación de doña Angélica Tapia Rebolledo, funcionaria de esa entidad policial, quienes, en el ejercicio del derecho establecido en el artículo 53 del decreto N° 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Sumarios Administrativos e Investigaciones Sumarias, objetan la sanción de separación que se le aplica a esa últi...
Texto del dictamen
N° 713 Fecha: 06-IV-2021 La Policía de Investigaciones de Chile ha remitido a esta Contraloría General el reclamo presentado por la señora Francisca Agliani Comparini y el señor Patricio Rojas Ramos, abogados, y el señor Jorge Muñoz Providell, en representación de doña Angélica Tapia Rebolledo, funcionaria de esa entidad policial, quienes, en el ejercicio del derecho establecido en el artículo 53 del decreto N° 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Sumarios Administrativos e Investigaciones Sumarias, objetan la sanción de separación que se le aplica a esa última. Al respecto, cabe manifestar, de conformidad con lo previsto en el artículo 30, letra d), de la ley N° 19.880, que las solicitudes que se realicen a esta Entidad de Control deben contener la firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio habilitado, lo que no se cumple en la especie, toda vez que la presentación ingresada por los recurrentes no se encuentra firmada y, además, estaría incompleta. De esta manera, es menester indicar, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 31 del citado texto legal, que los recurrentes deberán reingresar su presentación, dando cumplimiento a la referida exigencia, en el plazo de cinco días contado desde la recepción del presente oficio, y si así no lo hicieren, se les tendrá por desistidos de su petición. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Diego Cartes Saavedra Jefe (S) del Departamento de Previsión Social y Personal