Dictamen N° 144457
2026-07-30
Cursa con alcances la resolución N° 118, de 2026, Facultades CGR, toma de razón, distribución y tran
Sumario
N° OF144457 Fecha: 30-07-2026 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba distribución y transferencia de recursos para la segunda cuota de los gastos de operación de cuerpos de Bomberos de Chile, en el entendido de que se trata de una modificación de la resolución N° 51, de 2026, de ese origen -que dispuso el traspaso de la primera cuota-. Lo anterior, en atención a que la aprobación de la entrega de los aludidos recursos, en dos cuotas, conforme lo establece la glosa 02 de la asignación 24-01-024, del Programa de Bomberos de Chile de esa subs...
Texto del dictamen
N° OF144457 Fecha: 30-07-2026 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba distribución y transferencia de recursos para la segunda cuota de los gastos de operación de cuerpos de Bomberos de Chile, en el entendido de que se trata de una modificación de la resolución N° 51, de 2026, de ese origen -que dispuso el traspaso de la primera cuota-. Lo anterior, en atención a que la aprobación de la entrega de los aludidos recursos, en dos cuotas, conforme lo establece la glosa 02 de la asignación 24-01-024, del Programa de Bomberos de Chile de esa subsecretaría, debe efectuarse en un solo acto administrativo, a fin de evitar una eventual fragmentación, lo que deberá ser considerado por ese organismo, en lo sucesivo. Además, cumple con hacer presente que, el Programa de Bomberos de Chile es el 04, y no el 01, como erróneamente se indica en el considerando 1 del instrumento en examen. Luego, esa entidad deberá tener en cuenta que el proceso de rendición de cuentas no podrá extenderse por más de seis meses contados desde la finalización de la ejecución del convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 26, inciso primero, de la ley N° 21.796. Finalmente, cabe puntualizar que el reintegro de los recursos a que alude el penúltimo párrafo del resuelvo sobre “Rendiciones Mensuales” de la resolución de la especie, se extiende a aquellos recursos no rendidos, observados y/o no ejecutados (aplica criterio contenido, entre otros, en el oficio N° E29036, de 2025, de esta procedencia). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República