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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 58761

2012-09-25

Sobre prescripción del plazo para cobrar sumas adeincremento previsional, error de cálculo, liquidac

Sumario

N° 58.761 Fecha: 25-IX-2012 La Subsecretaría del Trabajo ha remitido una presentación del señor Sergio Saavedra Valdenegro, abogado de dicha institución, en la que solicita que para el cobro de las sumas que se le adeudan por incremento contemplado en el artículo 2° del decreto ley N° 3.501, de 1980, se le aplique el plazo de prescripción de dos años contemplado en el artículo 161 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y no el de seis meses establecido en el artículo 99 del mismo cuerpo legal, en virtud de que los referidos incrementos revisten la naturaleza de remuneración y...

Texto del dictamen