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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 64323

2011-10-12

No procede la compensación de deudas entre institprocedencia compensación, diferencias de imposicio

Sumario

N° 64.323 Fecha:12-X-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Mauricio Alliende Leiva, en representación de la Institución de Salud Previsional CONSALUD S.A., a fin de solicitar la reconsideración del dictamen Nº 34.105, de 2010, de este origen, relativo a la compensación de deudas entre empresas de esa naturaleza y los servicios públicos, por obligaciones contraídas por estos últimos o sus empleados con aquéllas y los créditos que tienen las reparticiones estatales en contra de esas entidades, de acuerdo a lo previsto en el artículo 12 de la ley N° 18.196, debido que...

Texto del dictamen