Dictamen N° 54996
2007-12-04
No procede incorporar los quinquenios penitenciariquinquenios penitenciarios pensión retiro
Sumario
N° 54.996 Fecha: 4-XII-2007 Ex funcionario de Gendarmería de Chile, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando la incorporación de los denominados quinquenios penitenciarios, en la pensión de retiro de la que es titular, de acuerdo a las consideraciones que expone en su solicitud. Al respecto, se ha estimado de conveniencia remitir al interesado fotocopia del oficio N° 14.245, de 2007, elaborado por la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, y al respectivo expediente previsional, que señala, en síntesis, que la pensión de retiro de la que es titular el señor XX, se enc...
Texto del dictamen
N° 54.996 Fecha: 4-XII-2007 Ex funcionario de Gendarmería de Chile, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando la incorporación de los denominados quinquenios penitenciarios, en la pensión de retiro de la que es titular, de acuerdo a las consideraciones que expone en su solicitud. Al respecto, se ha estimado de conveniencia remitir al interesado fotocopia del oficio N° 14.245, de 2007, elaborado por la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, y al respectivo expediente previsional, que señala, en síntesis, que la pensión de retiro de la que es titular el señor XX, se encuentra correctamente determinada y ajustada a derecho, criterio que es compartido por esta Entidad de Control. En efecto, cabe manifestar que tal como lo señala la entidad informante, el artículo 30 del DL. N° 249, de 1974, que instauró la Escala Única de Sueldos para el personal del Sector Público, derogó el régimen de quinquenios penitenciarios, establecido en el artículo 117 de la ley N° 17.399 y reglamentado por el DFL. N° 2, de 1971, del Ministerio de Justicia, que formaba parte del sistema remuneratorio del personal del antiguo Servicio de Prisiones, actual Gendarmería de Chile. Consecuencialmente, el estipendio antes referido no puede considerarse como una remuneración imponible y computable, para efectos de determinar la base de cálculo de las pensiones de retiro de los ex funcionarios de Gendarmería de Chile, tal como lo ha señalado la reiterada jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en el dictamen N° 336, de 1995. Cabe precisar que la incorporación de los quinquenios penitenciarios procede solamente respecto de las pensiones no contributivas, por gracia, concedidas a quienes han sido declarados exonerados políticos por el Ministerio del Interior, condición que no reúne el interesado. En consecuencia, con el mérito de lo señalado precedentemente, procede desestimar la presentación, dejándose expresa constancia que cualquier otra solicitud del señor XX, que verse sobre el mismo argumento aducido, será remitida al archivo de esta Entidad de Control.