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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 37717

2007-08-21

No existe impedimento para nombrar como fiscal regnombramiento fiscal regional antes de otra región

Sumario

N° 37.717 Fecha: 21-VIII-2007 El segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados ha remitido a esta Contraloría General, para que se informe, copia de la intervención del diputado señor Fidel Espinoza Sandoval, en la que éste señala que, en su opinión, al haberse nombrado a don R.M. en el cargo de fiscal regional de la Región de Los Ríos, se habría infringido lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución Política, según el cual los fiscales regionales durarán, ocho años y no podrán ser designados para el período siguiente, ya que aquél lleva cuatro años como fiscal regional de Los Lag...

Texto del dictamen