Dictamen N° 35591
2007-08-07
Los artículos 17 letra a) y 21 de la ley 19880 concopias sumario Contraloría
Sumario
N° 35.591 Fecha: 7-VIII-2007 Don X.X. solicita a la Contraloría General copia autorizada de piezas del sumario administrativo instruido por esta Contraloría General en el SERVIU Metropolitano, con motivo de la denuncia que formulara el recurrente y sobre el cual recayó la resolución exenta N° 659, del año en curso, de esta Entidad de Control, que aprueba el proceso y propone medidas disciplinarias que indica. Las piezas sumariales solicitadas contienen los cargos - fojas 421 a 425 -, descargos - fojas 432 a 460 y fojas 499 a 510 -, la vista fiscal - fojas 609 a 621 - y las observaciones a ...
Texto del dictamen
N° 35.591 Fecha: 7-VIII-2007 Don X.X. solicita a la Contraloría General copia autorizada de piezas del sumario administrativo instruido por esta Contraloría General en el SERVIU Metropolitano, con motivo de la denuncia que formulara el recurrente y sobre el cual recayó la resolución exenta N° 659, del año en curso, de esta Entidad de Control, que aprueba el proceso y propone medidas disciplinarias que indica. Las piezas sumariales solicitadas contienen los cargos - fojas 421 a 425 -, descargos - fojas 432 a 460 y fojas 499 a 510 -, la vista fiscal - fojas 609 a 621 - y las observaciones a la vista fiscal - fojas 626 a 630 y 665 a 689 -. Sobre el particular, cumple manifestar que los artículos 17, letra a), y 21 de la ley N° 19.880 confieren a quienes tengan la condición de "interesados" en un procedimiento administrativo, el derecho a tomar conocimiento del estado de tramitación del mismo, en cualquier momento y, consecuentemente, aun antes de haberse dictado la resolución pertinente. Este derecho importa, por expresa disposición de la ley, la facultad de obtener, a su costa, copia autorizada de aquellos instrumentos asentados en el expediente destinado a producir un acto administrativo terminal (aplica dictámenes N°s. 38.988, de 2005, y 18.884, de 2007). Enseguida, cabe señalar que si bien el artículo 135 de la ley N° 10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General, establece que "los sumarios instruidos por la Contraloría serán secretos y el funcionario que dé informaciones sobre ellos será sancionado hasta con la destitución", el artículo 136 de la misma normativa precisa que una vez terminado el respectivo sumario éste será público. Al respecto, cumple hacer presente que mediante resolución N° 509, de 3 de mayo de 2007, tomada razón por esta Entidad de Control, el SERVIU Metropolitano aplicó a los inculpados las respectivas medidas disciplinarias, concluyendo con ello el mencionado proceso sumarial. En consecuencia, atendido el mérito de las consideraciones expuestas y debido a que el recurrente reviste la calidad de "interesado" en la situación en análisis, no existe inconveniente para que se le proporcionen las copias solicitadas, las cuales quedarán a su disposición en la Oficina de Partes de este Organismo.