Dictamen N° 62864
2006-12-29
Imparte instrucciones al sector Municipal para el instrucciones ejercicio contable 2007 municipal
Sumario
N° 62.864 Fecha: 29-XII-2006 La Contraloría General de la República, en uso de las facultades establecidas en su Ley Orgánica N° 10.336, viene en impartir instrucciones para el ejercicio contable año 2007, cuyo cumplimiento será obligatorio para todas las I. Municipalidades del país. El registro y la información de las operaciones efectuadas por los citados entes públicos, deberán ajustarse por el presente ejercicio, a la normativa contable contenida en el oficio circular C.G.R. N° 6.856, de 1992 y a los procedimientos establecidos por el oficio circular N° 5.647, de 1993, de este Orga...
Texto del dictamen
N° 62.864 Fecha: 29-XII-2006
La Contraloría General de la República, en uso de las facultades establecidas en su Ley Orgánica N° 10.336, viene en impartir instrucciones para el ejercicio contable año 2007, cuyo cumplimiento será obligatorio para todas las I. Municipalidades del país.
El registro y la información de las operaciones efectuadas por los citados entes públicos, deberán ajustarse por el presente ejercicio, a la normativa contable contenida en el oficio circular C.G.R. N° 6.856, de 1992 y a los procedimientos establecidos por el oficio circular N° 5.647, de 1993, de este Organismo Contralor.
Sin perjuicio de lo anterior, resulta oportuno advertir que la normativa contable actualizada contenida en el oficio C.G.R.N° 60.820 de 2005, se aplicará en el Sector Municipal a partir del ejercicio contable año 2008, Conjuntamente con las clasificaciones presupuestarias aprobadas por el Decreto de Hacienda N° 854, de 2004 y sus modificaciones.
1.- APERTURA DE CUENTAS DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
Las Municipalidades que al inicio del ejercicio 2007 mantengan saldos en las cuentas 41101 CUENTAS POR COBRAR DE INGRESOS PRESUPUESTARIOS Y 61101 CUENTAS POR PAGAR DE GASTOS PRESUPUESTARIOS, deberán traspasarlos a las cuentas contables de los subgrupos 111 y 121 que correspondan de acuerdo con los conceptos establecidos en el clasificador presupuestario para registrar los derechos por percibir (ingresos devengados y no percibidos) y las deudas exigibles (compromisos devengados y no pagados) pendientes al 31 de diciembre del año anterior.
Los traspasos contables que se efectúen con consecuencia de lo señalado precedentemente, se registrarán e informarán en el mes de enero del año 2007, como movimiento de variaciones de dicho período. En consecuencia, las citadas cuentas deberán quedar saldadas al término de dicho mes.
2.- USO DE CUENTAS COMPLEMENTARIAS
Cabe reiterar que las cuentas de los subgrupos 41, 613 y 813, definidas como complementarias en el Plan de Cuentas, sólo deberán utilizarse cuando la normativa legal autorice el uso de determinados recursos al margen del presupuesto o las instrucciones impartidas por este Organismo Contralor así lo determine
3.- INFORMES CONTABLES
Las Municipalidades deberán enviar mensualmente a este Organismo Contralor, los siguientes estados contables:
- Informe Agregado de Variaciones de la Gestión Financiera.
- Informe Analítico de Variaciones de la Ejecución Presupuestaria.
- Informe Analítico de Variaciones de la Deuda Pública
El primer informe deberá incluir el movimiento contable consolidado a nivel de cada municipio, que corresponderá a la gestión municipal más los servicios incorporados.
El informe analítico de la ejecución presupuestaria deberá incluir la totalidad de los datos generados en la ejecución del presupuesto respecto de los ingresos y gastos, desagregados al último nivel de detalle -esto es subtítulo, ítem asignación, contemplado en las clasificaciones presupuestarias o en el presupuesto aprobado para cada municipio. En este sentido, debe tenerse presente que el Sector Municipal, sólo en lo que respecta al ejercicio año 2007, deberá seguir utilizando las clasificaciones contenidas en el Decreto de Hacienda N° 1.256, de 1990, y sus modificaciones.
Dicho informe deberá prepararse y presentarse por la gestión municipal y por cada una de las áreas incorporadas.
Con respecto al informe analítico de la deuda pública, éste deberá incluir los datos del movimiento consolidado institucional de la deuda interna y externa, directa e indirecta, cuando se consulten los conceptos de endeudamiento y/o servicio de la deuda en los presupuestos institucionales.
La información contable deberá ajustarse a los formatos incluidos en el capítulo IV del oficio circular C.G.R. N° 6.856, de 1992 y está referida exclusivamente a las operaciones realizadas y contabilizadas en el mes que informa. Las regularizaciones que se produzcan respecto de operaciones ya informadas deberán incluirse en el informe del mes en que se contabilicen los ajustes respectivos.
El período de presentación de los informes contables será dentro de los primeros ocho (8) días de cada mes, respecto de las operaciones efectuadas y registradas en el mes inmediatamente anterior. En caso de corresponder el último día a sábado, domingo o festivo, el plazo se prorrogará al primer día hábil siguiente. En el mismo plazo deberá efectuarse la transmisión electrónica de dichos informes o bien remitirse en medios magnéticos, disquete o cd, según corresponda.
4.- INFORMES DE PRESUPUESTO
Los municipios deberán remitir los siguiente informes presupuestarios, en forma separada por la gestión municipal y por cada uno de los servicios incorporados:
INFORME 1: Informe del Presupuesto Inicial
INFORME 2: Informe de Actualización Presupuestaria
INFORME 3: Informe de Denominación de Asignaciones
Respecto de los Informes N°s. 1 y 2, en lo relativo a los gastos derivados de su gestión, deberán ceñirse a las clasificaciones presupuestarias aprobadas por el Decreto (H) N° 1.256, de 1990, y sus modificaciones. No obstante, en lo que respecta a los ingresos, deberán utilizar la estructura establecida en el N° 5 del citado decreto.
Con todo, y para el solo efecto de los informe antes señalados, exclusivamente los conceptos: "Recuperación de Préstamos", "Saldo, Inicial de Caja", "Operaciones Años Anteriores", "Otros Compromisos Pendientes", "Saldo Final de Caja", deben informarse a nivel de SUBTITULO.
Además, es preciso señalar que, una vez aprobado los proyectos de estudios o inversión, programas o líneas de acción, las modificaciones que se efectúen a esos rubros deberán informarse a nivel de asignaciones identificatorias en le ítem; 31-53, "Estudios para Inversiones", y 31-61 al 31-73, "Inversión Regional".
Por su parte, los SERVICIOS INCORPORADOS A LA GESTIÓN MUNICIPAL deberán ceñirse a las clasificaciones presupuestarias de ingresos y gastos que se incluyen en el N° 6 del Decreto (H) N° 1.256, de 1990, y sus modificaciones.
En cuanto al Informe N° 3 DENOMINACIÓN DE ASIGNACIONES, debe mantenerse invariable la dimensión horizontal de la columna "Denominaciones", la cual permite incorporar un máximo de 65 caracteres. En dicha columna se deberán especificar los nombres de los respectivos proyectos, utilizando una sola línea para cada caso individual; en consecuencia, si la denominación sobrepasa la dimensión antes señalada, el nombre del proyecto deberá abreviarse convenientemente.
Sin perjuicio de lo anterior, es preciso señalar que el citado informe no debe remitirse, cuando el municipio envía los Informes del Presupuesto Inicial y de Actualización Presupuestaria a través de medios magnéticos.
El calendario de presentación de los informes presupuestarios, será el siguiente:
a) Informe de Presupuesto Inicial
El informe de presupuesto inicial tanto de la gestión municipal como el de los servicios incorporados, deberán presentarse dentro del plazo de cinco (5) días, contados desde la fecha de tramitación del acto administrativo que apruebe las estimaciones de ingresos y gastos. En el mismo plazo deberá efectuarse la transmisión electrónica de este informe, o bien, remitirse en medios magnéticos, disquete o cd., según corresponda.
b) Informe de Actualización Presupuestaría
El informe de actualización presupuestaria deberá presentarse dentro de los primeros cinco (5) días del mes siguiente a aquél en que hubieren sido autorizadas las modificaciones. Este informe deberá contener todas las modificaciones efectuadas durante el mes, hasta el nivel de asignaciones presupuestarias, cuando corresponda. En el mismo plazo deberá efectuarse la transmisión electrónica de este informe, o bien, remitirse en medios magnéticos, disquete o cd., según corresponda.
c) Informe de Denominación de Asignaciones
Cada vez que se efectúen creaciones de asignaciones, se deberá identificar su nombre en el Informe de Denominación de Asignaciones, el cual se remitirá conjuntamente con el Informe de Actualización Presupuestaria.
5.- REMISIÓN DE LOS INFORMES
Los MUNICIPIOS deberán remitir los informes contables y presupuestarios que se solicitan, a las respectivas Contralorías Regionales, salvo los pertenecientes a la Región Metropolitana de Santiago, que deberán remitirlos a la Sede Central de este Organismo Contralor, División de Contabilidad.
Sin embargo la transmisión electrónica de dichos informes, preparados en código ASCII, según los formatos de archivos que se adjuntan a la presente circular (ANEXO A), deberá efectuarse a la siguiente dirección de correo: contabilidadsmun@contraloría .cl.
Ahora bien, cualquier consulta sobre la materia, deberá efectuarse con las Jefaturas correspondientes de la División de Contabilidad, Subdivisión de Contabilidad Gubernamental, a los teléfonos 8701426 y 8701197 o al e-mail iaravena@contraloria.cl.
6.- SISTEMA LOCAL DE INFORMACIÓN CONTABLE Y PRESUPUESTARIA (SILIC)
La Contraloría General de la República entre las medidas tendientes a mejorar la oportunidad y la calidad de la información en el ámbito Municipal, desarrolló la aplicación Sistema Local de Información Contable Presupuestaria (SILIC), la que se encuentra en poder de cada municipio, estando plenamente operativa para que preparen sus informes presupuestarios y contables, sobre la base de planes de cuentas ajustados a la normativa vigente los que, efectuadas algunas validaciones previas, quedan en condiciones de ser remitidos a este Organismo vía Internet. De esta manera, se reitera que las referidas entidades edilicias están en condiciones de dar cumplimiento a lo dispuesto en los números 3 y 5, del presente instructivo, en lo referente a transmisión electrónica de datos.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que se ha procedido a actualizar el Plan de Cuentas Analíticas incluido en la citada aplicación. Para acceder a dicha modificación los municipios deberán ingresar a la página web de este Organismo Fiscalizador, como se indica:
- www. contraloria.cl/Contabilidad General/Instrucciones Contables/Actualización Silic
7.- FLUCTUACIÓN DEUDORES
Para informar a nivel analítico la ejecución presupuestaria de los rubros destinados a la contabilización de la fluctuación de deudores del año, las municipalidades del país utilizarán los mismos códigos y denominaciones establecidos para dichos rubros en las clasificaciones presupuestarias vigentes, anteponiéndoles el número 111. Asimismo, la información proporcionada deberá ajustarse a la siguiente pauta:
a) Cuando en un mismo mes los ingresos devengados sean mayores que los ingresos percibidos, la diferencia se informará en la columna CRÉDITOS, con signo negativo.
b) Por el contrario, cuando en un mismo mes los ingresos devengados sean menores que los ingresos percibidos, la diferencia también se informará en la columna CRÉDITOS, pero con signo positivo.
c) La diferencia entre los ingresos devengados y percibidos, acumulados a la fecha del informe, se informará en la columna DEUDORES, con signo positivo.
A su vez, informarán a nivel agregado la fluctuación de deudores del año, determinada en la forma señalada precedentemente, a través de la cuenta 11101 INGRESOS DE OPERACIÓN.
8.- TRATAMIENTO DE FONDOS DE TERCEROS
Cabe recordar que por Decreto de Hacienda N° 233, de 2003 se incorporó, entre otros conceptos, en el Clasificador de Ingresos Municipales el rubro 07-71, Fondos de Terceros.
Sobre el particular, se ha estimado útil reiterar que en dicho ítem, además de las operaciones relacionadas con la Ley N° 19.676, referidas al Registro de Multas del Tránsito no Pagadas, deben incorporarse todas aquellas operaciones que el municipio realice y que correspondan a la naturaleza de los ingresos definidos como Fondos de Terceros en el Clasificador General de Ingresos y Gastos Presupuestarios, aprobado por el Decreto de Hacienda N°1256, de 1990 y sus modificaciones.
Ahora bien, los recursos que los municipios perciban por concepto de aportes de privados para el programa sobre Pavimentos Participativos deben registrarse en la cuenta presupuestaria 07-71, Fondos de Terceros.
9.- TRANSFERENCIAS OTORGADAS AL SECTOR PRIVADO Y A OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS.
Para los efectos de la normalización de la contabilidad pública, las MUNICIPALIDADES deberán registrar e informar los gastos derivados de las transferencias corrientes al sector privado y a otras entidades públicas, entre ellos los aportes al Fondo Común Municipal, utilizando los CÓDIGOS PRESUPUESTARIOS que se indican en el cuadro siguiente.
Asimismo, para registrar e informar a nivel analítico la ejecución presupuestaria de los referidos gastos y aportes, estas entidades deberán utilizar las CUENTAS ANALITICAS que se señalan en el referido cuadro.
TIPO DE GASTOS Y APORTESCÓDIGO PRESUPUESTARIO
SUBT. ITEM ASIGN.
CUENTA ANALÍTICA
TRANSFERENCIAS AL SECTOR PRIVADO
DEVOLUCIONES25310011212531001
FONDOS DE EMERGENCIA25310021212531002
EDUCAC. A PERSONAS JURID. PRIVADAS25310031212531003
SALUD A PERSONAS JURID. PRIVADAS25310041212531004
OTRAS PERSONAS JURID. PRIVADAS25310051212531005
SALAS CUNAS Y/O JARDINES INFANTILES25310061212531006
VOLUNTARIADO25310071212531007
PROGRAMAS SOCIALES25310081212531008
PROGRAMAS CULTURALES25310091212531009
ASISTENCIA SOCIAL25310101212531010
CUMPLIMIENTO ART.88
LEY 18.695 (ASIGNACION A CONCEJALES)25310111212531011
CUMPLIMIENTO ART. 90°
LEY 18.695 -SEGURO LEY 16.74425310121212531012
PROGRAMAS DEPORTIVOS25310131212531013
ORGANIZACIONES COMUNITARIAS25310141212531014
REGISTRO DE MULTAS DEL TRANSITO NO PAGADAS (R.M.T.N.P.)25310151212531015
OTRAS25310191212531019
TRANSFERENCIAS A OTRAS ENTIDADES PUBLICAS
EDUCAC. A SERVICIOS INCORPORADOS25330011212533001
SALUD A SERVICIOS INCORPORADOS25330021212533002
CEMENTERIOS A SERVIC. INCORPORAD.25330031212533003
OTRAS A SERVICIOS INCORPORADOS25330041212533004
A LA JUNTA NAC. DE AUX. ESC. Y BECAS25330061212533006
A OTROS ORGANISMOS PUBLICOS
- Carabineros de Chile, Policia de Investigaciones de Chile, Servicios de Salud, OTROS-25330071212533007
AL FONDO COMUN MUNICIPAL
- De permisos de Circulación-25330081212533008
ASOCIACIÓN CHILENA DE MUNICIPAL.25330091212533009
A MUNICIPIOS BENEFICIARIOS DE MULTAS DEL TRANSITO (VIA R.M.T.N.P.)25330101212533010
A MUNICIPIOS BENEFICIARIOS DE MULTAS EN GENERAL IMPUESTAS POR OTROS JUZGADOS DE POLICIA LOCAL25330111212533011
AL FONDO COMUN MUNICIPAL
- De Patentes Municipales25330181212533018
OTRAS25330191212533019
Los códigos presupuestarios y las cuentas analíticas ya individualizados serán de uso exclusivo y obligatorio a nivel nacional. Todo gasto de transferencia corriente al sector privado y a otras entidades públicas no incluido en las identificaciones anteriormente señaladas deberán registrarse e informarse en los conceptos signados como "Otras" asignación 25-31-019 y su cuenta analítica 1212531019 y asignación 25-33-019 y su cuenta analítica 1212533019, respectivamente.
En relación a los gastos de transferencias de capital que comprenden aportes al sector privado, como a otras entidades públicas, éstos deberán aprobarse a nivel de asignaciones en las que se identifique el beneficiario del aporte e informarse en la respectiva cuenta analítica, como por ejemplo, el aporte que realizan los municipios al MINVU como consecuencia de la ejecución del programa sobre Pavimentos Participativos, el cual se aprueba en la asignación 33-87-001 y se informa en la cuenta analítica 1213387001.
ANEXO A Hoja 1
A. FORMATOS DE ARCHIVOS DE INFORMES CONTABLES
1 . FORMATO DE ARCHIVO DEL INFORME AGREGADO DE VARIACIONES
DE LA GESTIÓN FINANCIERA.
Tipo de Registro Posición Largo Tipo de Dato Contenido
Encabezado
Tipo de Informe 1 1 Numérico 1
Período Contable 2 2 Numérico 01,02...12 (enero a diciembre)
Entidad Matriz 4 8 Numérico Está referida a la entidad
responsable de
aportar y de consolidar la
información que depende de
ella (áreas)
Moneda 12 3 Texto CLP o USD
Rut Responsable 15 9 Numérico Rut del funcionario responsable
del Área de Contabilidad y/o
Finanzas.
Dígito Verificador 24 1 Texto Digito verificador del Rut
anterior
Cantidad de Registros 25 9 Numérico Total dé registros incluido el
encabezado
Total Débitos 34 16 Numérico Suma de los Débitos
Total Créditos 50 16 Numérico Suma de los Créditos
Detalle
Código de Entidad 1 8 Numérico Está referido a la entidad a la
que pertenecen los datos que
en este caso corresponde al
municipio que consolida (Pro
rama 01, matriz)
Región 9 2 Numérico 01,02,...,13 Región a la que
pertenece el Municipio.
Código de Cuenta 11 6 Numérico 2 dígitos para Título, 1 dígito
para Grupo, 1 dígito para Sub
grupo y 2 dígitos para Cuenta
(ej.011101, 021196, 081996).
Debe 17 16 Numérico Monto de las anotaciones al
Debe
Haber 33 16 Numérico Monto de las anotaciones al
Haber
Saldo Deudor 49 16 Numérico Monto del Saldo Deudor
Saldo Acreedor 65 16 Numérico Monto del Saldo Acreedor
ANEXO A HOJA 2
2. FORMATO DE ARCHIVO DEL INFORME ANALÍTICO DE VARIACIONES DE
LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
Tipo de Registro Posición Largo Tipo de Dato Contenido
Encabezado
Tipo de Informe 1 1 Numérico 2
Período Contable 2 2 Numérico 01,02...12 (enero a diciembre)
Entidad Matriz 4 8 Numérico Está referida a la entidad respon
sable de aportar y de consolidar
la información que depende de
ellas (áreas).
Moneda 12 3 Texto CLP o USD
Rut Responsable 15 9 Numérico Rut del funcionario responsable
del Área de Contabilidad y/o
Finanzas.
Dígito Verificador 24 1 Texto Dígito verificador del Rut anterior
Cantidad de Registros 25 9 Numérico Total de registros incluido el
encabezado
Total Preobligado 34 16 Numérico Llenar con ceros: 00000000
Total Obligado 50 16 Numérico Llenar con ceros: 00000000
Total Débitos 66 16 Numérico Suma de los Débitos
Total Créditos 82 16 Numérico Suma de los Créditos
Detalle
Código de Entidad 1 8 Numérico Está referido a la entidad
a la que pertenecen
los datos, cada una
de las áreas con
presupuesto
Región 9 2 Numérico 01,02,...,13 Región a la que per-
tenece el Municipio.
Código de Cuenta 11 6 Numérico 2 dígitos para Título, 1 dígito
para Grupo, 1 dígito para Sub
grupo y 2 dígitos para Cuenta
(ej .011104, 012121)
Código de Analítico 17 8 Numérico 2 dígitos para Subcuenta, 3
dígitos para Analítico de Sub
cuenta, y 3 dígitos para Sub
analítico de Subcuenta (ej.sector
público 01001000, 02003003;
sector municipal 41001000,
13001000).
Preobligado 25 16 Numérico Llenar con ceros: 00000000
Obligado 41 16 Numérico Llenar con ceros: 00000000
Debe 57 16 Numérico Monto de las anotaciones al
Debe
Haber 73 16 Numérico Monto de las anotaciones al
Haber
Saldo Deudor 89 16 Numérico Monto del Saldo Deudor
Saldo Acreedor 103 16 Numérico Monto del Saldo Acreedor
ANEXO A HOJA 3
3 . FORMATO DE ARCHIVO DEL INFORME ANALÍTICO DE VARIACIONES
DE LA DEUDA PUBLICA
Tipo de Registro Posición Largo Tipo de Dato Contenido
Encabezado
Tipo de Informe 1 1 Numérico 3
Período Contable 2 2 Numérico 01,02...12(enero a diciembre)
Entidad Matriz 4 8 Numérico Está referida a la entidad respon
sable de aportar y de consolidar
la información que depende de
ella ( áreas).
Moneda de Registro 12 3 Texto CLP o USD
Rut Responsable 15 9 Numérico Rut del funcionario responsable
del Área de Contabilidad y/o
Finanzas.
Dígito Verificador 24 1 Texto Dígito verificador del Rut anterior
Cantidad de Registros 25 9 Numérico Total de registros incluido el
encabezado
Total Débitos Registro 34 16 Numérico Suma de los Débitos en Moneda
de Registro
Total Créditos Registro 50 16 Numérico Suma de los Créditos en Moneda
de Registro
Total Débitos Origen 66 16 Numérico Suma de los Débitos en Moneda
de Origen
Total Créditos Origen 82 16 Numérico Suma de los Créditos en Moneda
de Origen
Detalle
Código de Entidad 1 8 Numérico Está referido a la entidad a la
que pertenecen los datos.
Región 9 2 Numérico 01,02,...,13 Región a la que per-
tenece el Municipio.
Código de Cuenta 11 6 Numérico 2 dígitos para Título, 1 dígito
para Grupo, 1 dígito para Sub
grupo y 2 dígitos para Cuenta.
Código de Analítico 17 8 Numérico 2 dígitos para Subcuenta, 3 dígi-
tos para Analítico de Subcuenta
y 3 dígitos para Subanalítico de
Subcuenta.
Debe Registro 25 16 Numérico Monto de las Amortizaciones en
Moneda de Registro.
Haber Registro 41 16 Numérico Monto de los Endeudamientos
en Moneda de Registro.
Saldo Deudor Registro 57 16 Numérico Monto del Saldo Deudor en
Moneda de Registro.
Saldo Acreedor Registro 73 16 Numérico Monto del Saldo Acreedor en
Moneda de Registro
Moneda de Origen 89 3 Numérico Código de la Moneda de Origen
Debe Origen 92 16 Numérico Monto de las Amortizaciones en
Moneda de Origen.
Haber Origen 108 16 Numérico Monto de los Endeudamientos
en Moneda de Origen.
Saldo Deudor Origen 124 16 Numérico Monto del Saldo Deudor en
Moneda Origen
Saldo Acreedor Origen 140 16 Numérico Monto del Saldo Acreedor en
Moneda Origen.
ANEXO A HOJA 4
B. FORMATO DE ARCHIVOS DE INFORMES PRESUPUESTARIOS
1.-FORMATO DE ARCHIVO PARA INFORMES DEL PRESUPUESTO INICIAL Y
DE ACTUALIZACIÓN PRESUPUESTARIA.
Tipo de Registro Posición Largo Tipo de Datos Contenido
Encabezado
Tipo de 1 2 Numérico 11: Informe del Presupuesto
documento Inicial;
12: Informe de Actualización
Presupuestaria.
Entidad emisora 3 8 Numérico Municipio que emite el
documento Presupuestario.
Denominación 11 20 Texto Nombre del Municipio
Emisor
Período 31 2 Numérico Corresponde al mes en que
se aprobaron las modificacio
nes presupuestarias y debe
ser del 01=Enero al 12=
Diciembre
Folio Emisión 33 8 Numérico Llenar con ceros: 00000000
Fecha Emisión 41 8 Numérico Llenar con ceros: 00000000
Cantidad de 49 9 Numérico Total de registros Incluido el
Registros encabezado (N registros de
detalle +1).
Total Aumentos 58 16 Numérico Total de Aumentos Informados
Total Disminuciones 74 16 Numérico Total de Disminuciones
informadas.
Detalle
Código de Entidad 1 8 Numérico Entidad a la que corresponde
el presupuesto o el movimiento
de modifcaciones presupuesta
rías. Gestión o Área respectiva.
Denominación 9 20 Texto Nombre de la Gestión o Área.
Entidad
Región 29 2 Numérico 01,02,03...,13 Región a la
que pertenece el Municipio.
Moneda 31 3 Texto "CLP"
Subtítulo 34 2 Numérico Código del Subtítulo que se
informa
Item 36 2 Numérico Código del Item que se infor-
ma
Asignación 38 3 Numérico Código de la Asignación que
se informa
Subasignación 41 3 Numérico Llenar con ceros:"000"
Denominación 44 80 Texto Nombre del concepto
Concepto presupuestario
Aumento 124 16 Numérico Monto del Aumento para cada
concepto presupuestario.
Disminución 140 16 Numérico Monto de la Disminución para
concepto presupuestario.
Indicador 156 1 Numérico Llenar con cero:"0"
Distribución
ANEXO A HOJA 5
OBSERVACIONES GENERALES
- Los archivos deben estar en formato TEXTO con campos de largo fijo, los cuales están conformados por registros de encabezado que contiene datos generales del servicio emisor y de largo según tipo de informe (Tipo 1 = 65 caracteres, Tipos 2 y 3 = 97 caracteres y Tipos 11 y 12 = 89 caracteres) y registros de detalle que contienen la información contable y presupuestaria propiamente tal, a nivel de los respectivos clasificadores y de largo según tipo de informe ( Tipo 1 = 80 caracteres, Tipo 2 = 120 caracteres, Tipo 3 = 155 caracteres y Tipos 11 y 12 = 156 caracteres).
- El campo Entidad Matriz del registro de encabezado, para tipos de informes 1, 2 y 3, identifica a la entidad responsable de aportar y consolidar los datos, cada municipio, los que deben consultar su código de entidad a los teléfonos 8701426, 8701195 y 8701198, o al e mail: contabilidadsmun@contraloria.cl . También, deberán consultar para codificar los tipos de informes 11 y 12. A su vez, el campo Código de Entidad, del registro de detalle, para tipos de informes 1, 2 y 3 identifica a la entidad a la que pertenecen los datos, gestión o área, los que deben consultar su código de entidad a los teléfonos y e-mail ya indicados. También, deberán consultar para codificar los tipos de informes 11 y 12.
- El campo Moneda, para Tipos de Informes 1, 2 y 3 se debe llenar con CLP para pesos chilenos.
- El campo Cantidad de Registros corresponde al número de registros de detalle +1 (registro encabezado)
- En los campos numéricos (montos) se deben considerar los siguientes aspectos:
Un campo numérico válido es aquel que ocupa los dígitos 0 a 9, signo (-) y la coma como separador decimal ( , ), esto tratándose de informes agregados y analíticos que deben presentarse en moneda extranjeras o deuda pública informada en dicha moneda, de registro o de origen. Cualquier otro carácter hace que ese valor no sea numérico. Los siguientes valores de ejemplo son válidos:
NUMEROS CAMPO DE 16 DIGITOS
421.752.800 0000000421752800
-23.691.320 -000000023691320
7.863,90 0000000007863,90
-2.545,40 -000000002545,40
No serían válidas las siguientes cifras:
a) 1.000 (incluye un punto)
b) 1 234 (incluye un espacio)
c) 1345a (incluye una letra)
ANEXO A HOJA 6
- En los archivos, tipo informe 1 y 2, deben incluirse las cuentas que han tenido movimientos durante el mes que se informa con sus respectivos saldos acumulados, que pueden ser: Saldo Deudor (posición 49, formato agregado y 89, formato analítico) o Saldo Acreedor (posición 65, formato agregado y 105, formato analítico). En relación a las cuentas sin movimientos deben informarse con montos en la columna de saldos que corresponda a la naturaleza de la cuenta, llenando con ceros las columnas Debe, Haber y el Saldo contrario a la naturaleza de la respectiva cuenta.
- Para Tipo de Informe 3, el campo Moneda de Registro se debe llenar con CLP para pesos chilenos y USD para dólares y el campo Moneda de Origen se debe llenar, de acuerdo a codificación adjunta:
CODIGO MONEDA
002 Derechos Especiales de Giro (DEG)
008 Corona Danesa
012 Corona Noruega
014 Corona Sueca
018 Chelín Austriaco
022 Dólar Australiano
026 Dólar Canadiense
030 Dólar Americano
034 Dólar de Nueva Zelandia
036 EURO
042 Florín Holandés
046 Franco Belga
048 ECU
049 Peso Mexicano
050 Franco Francés
054 Franco Suizo
058 Libra Esterlina
062 Lira Italiana
066 Marco Alemán
074 Peseta Española
078 Peso Chileno
080 UF
081 Unidad de Cuenta - BID
082 Yen Japonés
063 RAND
084 RMBY
- El campo Región del registro de detalle identifica la región a la cual pertenece el
municipio (O1 a 13).
ANEXO A HOJA 7
- Los archivos deberán nombrarse usando 15 caracteres como se indica:
Tipo de Información Posición Largo Tipo de Dato Contenido
Tipo de Informe 1 2 Texto Identifica a los informes que
deben remitirse y que para
estos efectos se expresan a
través de dos letras
mayúsculas:
AG: Informe Agregado de
Variaciones de la Gestión
Financiera.
AN: Informe Analítico de
Variaciones de la Ejecución
Presupuestaria.
DP: Informe Analítico de
Variaciones de la Deuda
Pública.
PI : Informe del Presupuesto
Inicial.
AP: Informe de Actualización
Presupuestaria
Entidad 3 6 Numérico Identifica a la entidad a la que
pertenecen los datos que en
este caso es cada municipio
los que deben consultar su
código a los teléfonos y e-mail
ya indicados.
Moneda del Informe 9 1 Texto Corresponde a la moneda en
que están expresados los
informes en archivos, a saber:
P : Pesos (CLP)
Período del Informe 10 6 Numérico Corresponde al mes y año a que pertenecen los
datos incluidos en el
archivo, debiendo expo-
nerse com se indica:
mes (dos dígitos) y año
(cuatro dígitos).
El mes debe ser igual al
definido en el
campo Período
Contable del registro de
encabezado.
Ejemplos: NOMBRE DEL ARCHIVO DETALLE
AG101101P012007.TXT Informe Agregado de un municipio,
correspondiente al mes enero de 2007.
AN101101P012007.TXT Informe Analítico de Ejecución
Presupuestaria de un municipio,
correspondiente al mes de
. enero de 2007.
DP101101P012007.TXT Informe Analítico de Deuda Pública
de un municipio correspondiente al
mes de enero de 2007.
PI101101P012007.TXT Informe de Presupuesto Inicial de
un municipio identificado como
perteneciente a enero de 2007, primer
mes del nuevo ejercicio.
AP101101P012007.TXT Informe de Actualización Presupues
taria de un municipio correspondiente
al mes de enero de 2007.