Saltar al contenido
Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 58338

2005-12-14

no procede computar el tiempo servido en programa liberacion guardias turno llamada programa expansi

Sumario

N° 58.338 Fecha: 14-XII-2005 Director del Hospital de Talagante ha remitido a esta Contraloría General la solicitud del profesional funcionario, 28 horas A.P., en orden a acogerse al beneficio de liberación de guardias nocturnas y en días domingos y festivos establecida en el artículo 44 de Ley N° 15.076. Sobre el particular, cabe manifestar que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 de Ley N° 15.076, los profesionales funcionarios que durante más de 20 años hayan prestado, de acuerdo con las obligaciones de sus cargos, servicios de guardia nocturna y en días festivos, quedarán e...

Texto del dictamen