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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 10700

2005-03-02

no procede conceder el beneficio de sala cuna en fsala cuna beneficio voluntario menos de 20 trabaja

Sumario

N° 10.700 Fecha: 2-III-2005 Mediante Oficio N° 77, de 2005, se ha dirigido a esta Contraloría General el Fiscal Nacional Económico solicitando un pronunciamiento que determine la procedencia de otorgar, en forma voluntaria, el beneficio de sala cuna, en atención a que no existe en su servicio la obligación legal de concederlo, por cuanto en su dotación total no se cumple con el mínimo de veinte funcionarias, requerido por la ley. Sobre la materia cabe precisar, en primer término, que el artículo 203 del Código del Trabajo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el ...

Texto del dictamen