Dictamen N° 23229
2004-05-07
directora de servicio nacional de menores se encuefuncionario contrata sename cargos de jefatura
Sumario
N° 23.229 Fecha: 7-V-2004 La Asociación Nacional de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores, Regional Concepción, ha solicitado un pronunciamiento a esta Contraloría General que determine si resulta procedente que el Servicio Nacional de Menores delegue funciones directivas en el personal a contrata que se desempeña en los Centros de Administración Directa de ese organismo. Al efecto, señala la ocurrente que le asisten dudas en orden a si las actuaciones que realizan tales directivos se ajustan a derecho, considerando que a los servidores a contrata no les está permitido desempeñar l...
Texto del dictamen
N° 23.229 Fecha: 7-V-2004 La Asociación Nacional de Trabajadores del Servicio Nacional de Menores, Regional Concepción, ha solicitado un pronunciamiento a esta Contraloría General que determine si resulta procedente que el Servicio Nacional de Menores delegue funciones directivas en el personal a contrata que se desempeña en los Centros de Administración Directa de ese organismo. Al efecto, señala la ocurrente que le asisten dudas en orden a si las actuaciones que realizan tales directivos se ajustan a derecho, considerando que a los servidores a contrata no les está permitido desempeñar labores de jefatura. Requerido su informe, el Servicio Nacional de Menores ha expresado que mediante la resolución que indica, se han delegado las facultades que señala en los directores de los referidos centros, lo cual sólo constituye la materialización de lo dispuesto en la ley N° 19.915. Sobre el particular, esta Contraloría General debe precisar, en primer término, que conforme con el decreto ley N° 2.465, de 1979, que creó el Servicio Nacional de Menores y fijó su ley orgánica, al director nacional de ese organismo le corresponde, según lo dispuesto en el artículo 5°, Nos. 3 y 11, de ese texto legal, velar por el cumplimiento de las normas aplicables a la institución y adoptar las medidas necesarias para asegurar su eficiente funcionamiento, como asimismo, delegar sus facultades, cuando lo estime conveniente, en los directores regionales, jefes o funcionarios de la entidad. En relación con lo anterior, cabe manifestar que tal como lo ha precisado una reiterada jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en los dictámenes Nos. 12.921, de 1999, 22.406, de 2000 y 34.745, de 2003, los funcionarios a contrata, por la naturaleza eminentemente transitoria de sus designaciones, no están habilitados para ejercer cargos de jefatura, salvo que una norma legal expresamente los autorice para ello. En este orden de ideas, cabe hacer presente que la ley N° 19.915, de presupuestos del Sector Público para el año 2004, en la glosa N° 2 de la partida 10-07-02-21, previene, en lo que interesa, que "los funcionarios contratados para dirigir los establecimientos administrados directamente por el Servicio Nacional de Menores, podrán desempeñar funciones de carácter directivo que se les asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe del Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones". Como puede advertirse, en la especie existe una norma legal que autoriza expresamente a los funcionarios contratados por el Servicio Nacional de Menores para ejercer como directores de los centros de atención que ese organismo administre directamente, por lo que no se advierte inconveniente para que durante el año 2004, la jefatura de esa entidad, delegue funciones de carácter directivo en el personal que se encuentra ocupando un cargo bajo dicha modalidad de desempeño, tal como, por lo demás, se señalara en el dictamen N° 52.676 de 2003, de esta Entidad Fiscalizadora. En estas condiciones, cabe informar que la directora del Servicio Nacional de Menores se encuentra facultada para delegar, durante el año 2004, labores de jefatura en los directores de los centros de atención dependientes de esa institución y que poseen la calidad de funcionarios a contrata