Dictamen N° 38111
2002-09-30
diploma de profesor de matematicas otorgado por elprofesor matematicas instituto profesional blas ca
Sumario
N° 38.111 Fecha: 30-IX-2002 Se ha solicitado un pronunciamiento que determine si el diploma de Profesor de Matemáticas, otorgado por el ex Instituto Profesional de Estudios Superiores Blas Cañas, reviste el carácter jurídico de un título profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional, contemplado en el artículo 3° del Decreto Ley N° 479, de 1974. Requerido su informe, el Subsecretario de Educación, mediante su Oficio N° 1.202, de 2002, informó a solicitud de este Organismo de Control que el ex Instituto Profesional de Estudios Profesionales Blas Cañas impartió, ...
Texto del dictamen
N° 38.111 Fecha: 30-IX-2002 Se ha solicitado un pronunciamiento que determine si el diploma de Profesor de Matemáticas, otorgado por el ex Instituto Profesional de Estudios Superiores Blas Cañas, reviste el carácter jurídico de un título profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional, contemplado en el artículo 3° del Decreto Ley N° 479, de 1974. Requerido su informe, el Subsecretario de Educación, mediante su Oficio N° 1.202, de 2002, informó a solicitud de este Organismo de Control que el ex Instituto Profesional de Estudios Profesionales Blas Cañas impartió, entre 1984 y 1997, la carrera de Pedagogía en Matemáticas, cuyos planes y programas fueron aprobados por la Universidad de Tarapacá, quien actuó como entidad examinadora. Agrega, que la duración de dicha carrera es de 8 semestres. Finalmente, expresa que el citado título cumple con los requisitos establecidos en Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, para los títulos profesionales. Por su parte, la Universidad Católica Cardenal Raúl Silva Henríquez, sucesora del Instituto Profesional de Estudios Superiores Blas Cañas, ha remitido diversos antecedentes relativos al diploma en análisis, entre ellos, el plan de estudios y su malla curricular, documentación de la cual aparece que la carrera de Pedagogía en Matemáticas, conducente al título profesional de Profesor de Matemáticas, fue impartida por el referido Instituto Profesional con una duración de 8 semestres, comprendiendo un total de 5.148 horas de clases, de las cuales 216 eran de práctica. Puntualizado lo anterior, es necesario manifestar que la posesión de un diploma sólo confiere el derecho para percibir, en el Sector Público, determinados estipendios, en la medida que se cumplan los requisitos que la ley exige para su percepción. En efecto, el artículo 3° del Decreto Ley N° 479, de 1974, dispone que para percibir el beneficio de asignación profesional se requiere que el funcionario cumpla, en alguna de las entidades señaladas en los artículos 1° y 2° del Decreto Ley N° 249, de 1973, una jornada de 44 horas semanales y acredite la posesión de un título profesional. Así, entonces, para impetrar el aludido beneficio económico, será requisito previo establecer, de manera precisa, si el respectivo personal se encuentra en posesión de un título profesional, aspecto que debe ser analizado teniendo en consideración la legislación que regula esta materia, contenida en Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza. Pues bien, el artículo 31 del citado cuerpo legal, previene que título profesional es el que se otorga a un egresado de un Instituto Profesional o de una Universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. En armonía con lo recién expuesto, resulta útil hacer presente que lo que caracteriza a un título profesional, según lo previsto en la mencionada disposición legal, no es sólo su duración medida en semestres y cantidad de horas de clases, sino, que éste es definido fundamentalmente atendiendo al contenido del plan de estudios de la respectiva carrera, esto es, que entregue el conocimiento teórico propio de una ciencia que permita al estudiante, en relación con esa ciencia, el desarrollo de una determinada actividad, vale decir, se trata de una formación académica que tiende a lo general, orientada al desarrollo de una profesión, y no sólo del aprendizaje de conocimientos teóricos destinados a apoyar una determinada práctica. De esta manera, entonces, es posible señalar que el diploma de Profesor de Matemáticas, otorgado por el ex Instituto Profesional de Estudios Superiores Blas Cañas, reúne los requisitos propios de un título profesional, esto es, aquel que se concede a quien ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confiere una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. En consecuencia, en mérito de todo lo antes expuesto, es dable concluir que el diploma por el cuál se consulta, reviste el carácter jurídico de un título profesional y, por ende, habilita a quien lo posea para percibir el beneficio de asignación profesional, contemplado en el artículo 3° del Decreto Ley N° 479, de 1974.