Dictamen N° 37591
2002-09-26
diploma de sociologo otorgado por la universidad dsociologo universidad arte y ciencias sociales arc
Sumario
N° 37.591 Fecha: 20-IX-2002 Director Nacional de Gendarmería de Chile, se ha dirigido a esta Contraloría General, solicitando un pronunciamiento que determine si el diploma de Sociólogo, otorgado por la Universidad de Arte y Ciencias Sociales - ARCIS, reviste el carácter jurídico de título profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional, contemplado en el artículo 3° del Decreto Ley N° 479, de 1974. Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que mediante Dictamen N° 20.133, de 2001, este Organismo de Control determinó que el grado de Licenciado en S...
Texto del dictamen
N° 37.591 Fecha: 20-IX-2002 Director Nacional de Gendarmería de Chile, se ha dirigido a esta Contraloría General, solicitando un pronunciamiento que determine si el diploma de Sociólogo, otorgado por la Universidad de Arte y Ciencias Sociales - ARCIS, reviste el carácter jurídico de título profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional, contemplado en el artículo 3° del Decreto Ley N° 479, de 1974. Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que mediante Dictamen N° 20.133, de 2001, este Organismo de Control determinó que el grado de Licenciado en Sociología, otorgado por la Universidad de Arte y Ciencias Sociales - ARCIS, no constituye un grado académico terminal, sino que es una etapa del plan de estudios conducente al título profesional de Sociólogo. A su vez, de acuerdo a la información proporcionada en esta oportunidad por la referida Casa de Estudios Superiores, la carrera de Sociología consta de diez semestres, con un total de 3.240 horas pedagógicas. Establecido lo anterior, cabe indicar que el artículo 31 de Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, previene que título profesional es el que se otorga a un egresado de un Instituto Profesional o de una Universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. Luego, es menester agregar que, conforme con lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto Ley N° 479, de 1974, modificado por el artículo 8° de Ley N° 19.699, un título profesional otorgado por un Instituto Profesional o una Universidad, para que pueda permitir gozar de la asignación profesional, debe reunir dos requisitos copulativos: primero, tener una duración de seis semestres y, segundo, poseer un total de 3.200 horas de clases. Estos nuevos requisitos exigidos por la legislación, sólo tienen que ser satisfechos por aquellos funcionarios que se hubieren titulado en sus respectivas carreras profesionales, con posterioridad al 16 de noviembre del año 2000, fecha de entrada en vigencia de Ley N° 19.699; ello, por cuanto las normas de derecho público rigen in actum, de modo que, a contar de esa data, se hace obligatorio exigir su cumplimiento, pero sólo en la medida que el funcionario desee impetrar el beneficio de asignación profesional. (Aplica Dictamen N° 9.211, de 2001). En consecuencia, con el mérito de todo lo expuesto y de los antecedentes tenidos a la vista, es posible concluir que el diploma de Sociólogo, conferido por la Universidad de Artes y Ciencias Sociales - ARCIS, reúne los requisitos exigidos para ser considerado un título profesional y, por ende, habilita a quienes lo posean para percibir la asignación profesional contemplada en el artículo 3° del Decreto Ley N° 479, de 1974.