Dictamen N° 20172
2002-06-03
cargo nominado grado/5 de director de control de mprovision cargo director control mun
Sumario
N° 20.172 Fecha: 3-VI-2002 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don VD, Concejal de la Municipalidad de El Bosque, solicitando un pronunciamiento que determine la ilegalidad del decreto 2.397 de 1999, mediante el cual se ascendió al cargo grado 5°, Director de Control, a doña MV, a contar del 6 de julio de 1998, toda vez que, según expresa, a la data de dictación del referido decreto -9 de noviembre de 1999- el cargo sólo podía ser provisto por concurso, acorde con la modificación que a este respecto dispuso la ley 19.602, que modificó la ley 18.695. Lo anterior, por cuanto en confor...
Texto del dictamen
N° 20.172 Fecha: 3-VI-2002 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don VD, Concejal de la Municipalidad de El Bosque, solicitando un pronunciamiento que determine la ilegalidad del decreto 2.397 de 1999, mediante el cual se ascendió al cargo grado 5°, Director de Control, a doña MV, a contar del 6 de julio de 1998, toda vez que, según expresa, a la data de dictación del referido decreto -9 de noviembre de 1999- el cargo sólo podía ser provisto por concurso, acorde con la modificación que a este respecto dispuso la ley 19.602, que modificó la ley 18.695. Lo anterior, por cuanto en conformidad con lo resuelto por esta Entidad de Fiscalización, mediante el dictamen 14.485 de 2001, dicho cargo sólo puede ser provisto por concurso de oposición y antecedentes, cuyas bases y posterior nombramiento del funcionario que desempeñe esa jefatura, requerirán de la aprobación del Concejo, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 18.695. Por su parte, doña MV, funcionaria grado 5° de la planta de directivos, Directora de Control, del mismo Municipio, expresa, que siendo un cargo de denominación específica, a la data de su vacancia -6 de julio de 1998- sólo exigía cumplir con los requisitos previstos en el artículo 12 de la Ley 19.280 o, en subsidio, con lo establecido en el artículo 1° transitorio del mismo texto, por lo que -en opinión de la recurrente- no resulta aplicable en la especie la exigencia del concurso público a que alude el inciso segundo del actual artículo 29 de la ley 18.695, toda vez que la vacancia de dicho cargo se produjo con anterioridad a la vigencia de la Ley 19.602. Al respecto, es útil precisar que el DFL 37-19.280, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecuó, modificó y estableció la planta del personal de la Municipalidad de El Bosque, contempla el cargo nominado de Director de Control, grado 5°, en la planta de directivos, considerando como requisito específico, alternativamente, título de administrador público, ingeniero comercial, contador auditor o abogado; lo cual es sin perjuicio de los generales establecidos en el número 1, del artículo 12, de la Ley 19.280 o el alternativo, contemplado en el artículo 1° transitorio del mismo texto legal. No obstante lo anterior, con posterioridad, la Ley 19.602 modificó la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, estableciendo en el inciso segundo, del actual artículo 29, que la jefatura de la unidad de control se proveería mediante concurso de oposición y antecedentes, pudiendo postular a dicho cargo las personas que estén en posesión de un título profesional o técnico acorde con la función. De esta manera entonces, en consideración a que las normas de derecho público rigen in actum, es dable manifestar que desde el 25 de marzo de 1999 -data de publicación de la Ley 19.602-, el cargo de Director de Control de los Municipios, sólo puede ser provisto mediante el procedimiento antes indicado. Ahora bien, en la especie, de la documentación tenida a la vista se ha podido constatar que don JA -quien ocupaba el cargo nominado de Director de Control, grado 5° de la planta de directivos- fue ascendido, mediante el decreto 698 de 1999, al cargo de Director de Administración y Finanzas, grado 4° de la misma planta, a contar del 6 de julio de 1998. A su vez, según da cuenta el decreto 2.397, de 9 de noviembre de 1999, doña MV, fue ascendida, a contar del 6 de julio de 1998, al cargo directivo grado 5°, que quedó vacante como consecuencia del ascenso del señor JA, promoción que debe entenderse referida al cargo nominado de Director de Control que desempeñaba el referido funcionario. En consecuencia, cabe concluir que el ascenso de doña MV no se ajustó a derecho, por cuanto a la época en que se dispuso el mismo -9 de noviembre de 1999-, eran plenamente aplicables las modificaciones introducidas por la Ley 19.602, de 25 de marzo de 1999, al artículo 29 de la Ley 18.695, por lo que desde esa fecha el cargo nominado de Director de Control, grado 5°, de la planta de directivos, de la Municipalidad de El Bosque, sólo puede proveerse por concurso de oposición y antecedentes, cuyas bases y posterior nombramiento del funcionario, requieren de la aprobación del Concejo. Por tanto, corresponde que la Municipalidad de El Bosque deje sin efecto el citado decreto 2.397 de 1999, y llame a concurso para proveer el cargo de Director de Control vacante en esa Corporación, en cumplimiento a lo prescrito en el mencionado artículo 29, de la Ley N° 18.695.