Dictamen N° 10469
2002-03-18
se ajusto a derecho resolucion exenta de hospital funciones directivas personal contrata salud
Sumario
N° 10.469 Fecha: 18-III-2002 Se ha dirigido a esta Contraloría General don VS, funcionario del Hospital San Juan de Dios, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, y dirigente de la Agrupación FENATS Base de dicho centro asistencial, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad de la resolución exenta N° 181, de 2001, de la Dirección del aludido establecimiento hospitalario, en virtud de la cual se otorga facultades para desempeñar labores directivas a funcionarios a contrata, en las secciones y unidades que se indican. Requerido su informe, el Director del Hospit...
Texto del dictamen
N° 10.469 Fecha: 18-III-2002 Se ha dirigido a esta Contraloría General don VS, funcionario del Hospital San Juan de Dios, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, y dirigente de la Agrupación FENATS Base de dicho centro asistencial, solicitando un pronunciamiento acerca de la legalidad de la resolución exenta N° 181, de 2001, de la Dirección del aludido establecimiento hospitalario, en virtud de la cual se otorga facultades para desempeñar labores directivas a funcionarios a contrata, en las secciones y unidades que se indican. Requerido su informe, el Director del Hospital San Juan de Dios ha tenido a bien emitirlo mediante oficio ordinario N° 60, de 2002, exponiendo, en síntesis, que la referida resolución fue dictada de conformidad a las instrucciones emanadas de la Subsecretaría de Salud y de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Occidente sobre la materia, las que a su vez encuentran su fundamento en lo señalado en la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2001. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que la Ley N° 19.702, de Presupuestos del Sector Público para el año 2001, en su Partida 16, glosa 03, dispone que "El personal a contrata de los Servicios de esta partida regido por las normas remuneracionales del decreto ley N° 249, de 1974, podrá desempeñar las funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe del Servicio, en la que deberán precisarse, en cada caso, las referidas funciones. Con todo, dicho personal no podrá exceder de 2.900 funcionarios a contrata para el conjunto de los organismos de la partida, cantidad que será distribuida entre éstos por una o más resoluciones del Ministerio de Salud". En consecuencia, sobre la base de las consideraciones precedentemente expuestas, cabe concluir que el contenido de la citada resolución exenta N° 181, del año pasado, en cuanto otorga facultades para desempeñar funciones directivas a funcionarios que se desempeñan a contrata, se encuentra ajustada a la normativa vigente sobre el particular. Finalmente, cabe hacer presente al recurrente, por una parte, que la mencionada encomendación de funciones de jefatura implica para el respectivo empleado, dentro de su órbita de competencia, el ejercicio de todas aquellas tareas específicas que normal y naturalmente corresponden a dichas funciones, y por otra, que en la Ley N° 19.774, de Presupuestos del Sector Público para el año 2002, se ha contemplado una norma idéntica a la anteriormente transcrita.