Dictamen N° 45833
2001-12-06
no procede que funcionaria grado/13 de la planta arequisito especifico ascenso funcionario mun
Sumario
N° 45.833 Fecha: 06-XII-2001 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña M. M. V. individualizada en el rubro, funcionaria grado 13° de la planta de administrativos, de la Municipalidad de Lo Espejo, solicitando le sea reconocido el derecho a ascender al grado 12° de dicha planta. Requerido informe a la Municipalidad de Lo Espejo, ésta lo ha evacuado a través del oficio N° 1300/55/402/2001, adjuntando, a su vez, el memorándum N° 400/684/2001 de su Dirección de Asesoría Jurídica. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que de conformidad con el artículo 4° del DFL N° 141-1...
Texto del dictamen
N° 45.833 Fecha: 06-XII-2001 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña M. M. V. individualizada en el rubro, funcionaria grado 13° de la planta de administrativos, de la Municipalidad de Lo Espejo, solicitando le sea reconocido el derecho a ascender al grado 12° de dicha planta. Requerido informe a la Municipalidad de Lo Espejo, ésta lo ha evacuado a través del oficio N° 1300/55/402/2001, adjuntando, a su vez, el memorándum N° 400/684/2001 de su Dirección de Asesoría Jurídica. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que de conformidad con el artículo 4° del DFL N° 141-19.321, de Interior, de 1994, se establece como requisito específico para proveer el cargo de administrativo grado 12°, el haber efectuado el curso de Capacitación en Atención de Público y Relaciones Humanas. En este contexto y estudiados los antecedentes relacionados con la materia, consta que la señora M. M. V. no cumple con el requisito aludido precedentemente, ya que si bien acredita haber realizado el Taller de Orientadores de Primer Apoyo en Violencia Intrafamiliar, el cual contiene el módulo de Trabajo en Equipo y Relaciones Humanas, éste no reviste el carácter de curso, como así lo exige el aludido DFL N° 141-19.321. Ahora bien, subsidiariamente la recurrente señala que, al respecto, le es aplicable lo establecido en el artículo 1 ° transitorio de la ley 19.280, por estimar que a la fecha de producirse la vacante poseía una antigüedad de 10 años 1 mes y 19 días en la Municipalidad de Lo Espejo, lo que le otorga la posibilidad de ascender a un cargo cumpliendo alternativamente el requisito de 10 años de desempeño en cargos en la planta de dicho Municipio, sin perjuicio de los requisitos establecidos por el artículo 12 de dicho texto legal. Sobre el particular y aplicando el criterio contenido, entre otros, en el dictamen N° 13.681 de 1999, cabe señalar que dicha disposición está referida sólo a los requisitos generales fijados para el ingreso y promoción en las plantas municipales señaladas en el artículo 12 de la ley 19.280 y no respecto de los requisitos específicos fijados en los DFL, como ocurre en la especie. En consecuencia, esta Contraloría General, compartiendo lo expresado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Lo Espejo en su informe adjunto, cumple con informar que no procede acceder a lo solicitado en la especie por la ocurrente.