Dictamen N° 41444
2001-11-07
conforme lo informado por la subsecretaria de educingeniero (e) administracion empresas mencion fina
Sumario
N° 41.444 Fecha: 7-XI-2001 El Jefe del Departamento Administrativo de la Dirección General del Crédito Prendario se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento que determine si el título de Ingeniero de Ejecución en Administración de Empresas con mención en Finanzas, otorgado por el Instituto Profesional Latinoamericano de Comercio Exterior, IPLACEX, reviste el carácter jurídico de título profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional. Requerido su informe, el Subsecretario de Educación, mediante Oficio N° 1.866, de 2001, ha ma...
Texto del dictamen
N° 41.444 Fecha: 7-XI-2001 El Jefe del Departamento Administrativo de la Dirección General del Crédito Prendario se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento que determine si el título de Ingeniero de Ejecución en Administración de Empresas con mención en Finanzas, otorgado por el Instituto Profesional Latinoamericano de Comercio Exterior, IPLACEX, reviste el carácter jurídico de título profesional habilitante para percibir el beneficio de asignación profesional. Requerido su informe, el Subsecretario de Educación, mediante Oficio N° 1.866, de 2001, ha manifestado que el Instituto Profesional Latinoamericano de Comercio Exterior fue creado en 1990, bajo las normas del DFL. N° 5, de 1981, de Educación, obteniendo el año 1998 su plena autonomía. Agrega el informe, que según los antecedentes que obran en poder de esa Secretaría de Estado, dicho Instituto Profesional imparte desde el año 1999 la carrera de Ingeniería de Ejecución en Administración con Especialización en Finanzas, conducente al título de Ingeniero de Ejecución en Administración con especialización en Finanzas, cuya duración es de 8 semestres. Añade, que el citado diploma, como consta en sus registros, cumple con los requisitos establecidos en Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, para los títulos profesionales. Por su parte, el Instituto Profesional Latinoamericano de Comercio Exterior ha acompañado diversos antecedentes referentes al diploma en examen, entre ellos, el plan de estudios y su malla curricular, documentación de la cual aparece que la carrera de Ingeniería de Ejecución en Administración de Empresas con mención en Finanzas, conducente al título de Ingeniero de Ejecución en Administración de Empresas con mención en Finanzas, es impartida por el referido Instituto Profesional con una duración de 8 semestres, comprende 47 asignaturas y un total de 3.420 horas de clases. Para obtener el título respectivo, el alumno debe realizar una práctica profesional y rendir un examen de título. Establecido lo anterior, cabe manifestar, ahora, que el artículo 31 de Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, previene que título profesional es el que se otorga a un egresado de un Instituto Profesional o de una Universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. Pues bien, en mérito de lo expuesto, es posible señalar que el diploma de Ingeniero de Ejecución en Administración de Empresas con mención en Finanzas, otorgado por el Instituto Profesional Latinoamericano de Comercio Exterior, IPLACEX, reúne los requisitos propios de un título profesional, esto es, aquel que se otorga a quien ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. En otro orden de ideas, es necesario agregar que, conforme con lo dispuesto en el artículo 8° de Ley N° 19.699, que modificó el artículo 3° del Decreto Ley N° 479, de 1974, un título otorgado por un Instituto Profesional o una Universidad, para que pueda tener la calidad de profesional y, por ende, permitir gozar de la asignación profesional, debe reunir dos requisitos copulativos: primero, tener una duración mínima de seis semestres y, segundo, poseer un total de 3.200 horas de clases. Estos nuevos requisitos sólo tienen que ser satisfechos por aquellos funcionarios que se hubieren titulado en sus respectivas carreras profesionales, con posterioridad al 16 de noviembre del año 2000, como ocurre en la especie; ello, por cuanto las normas de derecho público rigen in actum, de modo que, a contar de esa data, se hace obligatorio exigir su cumplimiento, pero sólo en la medida que el funcionario desee impetrar el beneficio de asignación profesional. (Aplica Dictamen N° 9.211, de 2001). En consecuencia, con el mérito de lo expuesto precedentemente, es dable concluir que el diploma de Ingeniero de Ejecución en Administración de Empresas con mención en Finanzas, por el que se consulta, cumple con los requisitos exigidos por el artículo 3° del Decreto Ley N° 479, de 1974, modificado por el artículo 8° de Ley N° 19.699, que hacen procedente la percepción del beneficio de asignación profesional.