Dictamen N° 1971
2001-01-18
la concesion de los beneficios que ley 19234 y leycompetencia beneficios exonerados politicos inter
Sumario
N° 1.971 Fecha: 18-l-2001 Don B. S. L., ex dependiente de Mademsa, exonerado político, se ha dirigido a esta Contraloría General reclamando por la tardanza en que habría incurrido este Organismo Fiscalizador en la concesión de los beneficios que las Leyes N°s 19.234 y 19.582 han establecido en favor de los exonerados por motivos políticos. Al respecto, cumple esta Entidad Contralora en señalar que el otorgamiento de las anotadas franquicias, que regulan los citados cuerpos legales, se encuentra radicado, para los ex trabajadores de la Administración Civil, empresas autónomas del Estado y e...
Texto del dictamen
N° 1.971 Fecha: 18-l-2001 Don B. S. L., ex dependiente de Mademsa, exonerado político, se ha dirigido a esta Contraloría General reclamando por la tardanza en que habría incurrido este Organismo Fiscalizador en la concesión de los beneficios que las Leyes N°s 19.234 y 19.582 han establecido en favor de los exonerados por motivos políticos. Al respecto, cumple esta Entidad Contralora en señalar que el otorgamiento de las anotadas franquicias, que regulan los citados cuerpos legales, se encuentra radicado, para los ex trabajadores de la Administración Civil, empresas autónomas del Estado y empresas intervenidas, en el Programa de Reconocimiento al Exonerado Político del Ministerio del Interior y en el Instituto de Normalización Previsional, correspondiéndole intervenir a esta Contraloría General sólo en la toma de razón de los documentos que concedan pensiones no contributivas, por gracia, o, en algunos casos, pensiones no contributivas de sobrevivencia, los que, en su mayoría se tramitan en plazos menores a los que le fija la legislación pertinente. Por último, se ha estimado de conveniencia hacer presente al ocurrente que si bien el N° 14 del artículo 19 de la Constitución Política del Estado asegura a todas las personas el derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, tal franquicia debe ejercerse en términos respetuosos y convenientes, presupuestos que no se configuran en esta ocasión.