Saltar al contenido
Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 12163

2020-10-06

No procede considerar abono de tiempo por gracia ePensiones IPS, segunda pensión, abono de tiempo po

Sumario

N° 12.163 Fecha: 06-X-2020 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Douglas Fuenteseca Sierra, pensionado de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, para solicitar la revisión de su segunda pensión, pues, a su juicio, se debería considerar para su cálculo, el abono de tiempo por gracia de 54 meses, otorgado en virtud del artículo 4° de la ley N° 19.234. En su informe, el Instituto de Previsión Social manifestó, en síntesis, que el interesado reliquidó su primera pensión considerando el mayor tiempo abonado por gracia, de modo que ese beneficio quedó consumi...

Texto del dictamen