Dictamen N° 145040
2026-07-31
Cursa con alcances la resolución N° 45, de 2026, dFacultades CGR, toma de razón, modificación contra
Sumario
N° OF145040 Fecha: 31-07-2026 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba un convenio de modificación del contrato denominado "Asesoría a la inspección fiscal para la etapa de construcción de la obra: Tercera Concesión Acceso Vial Aeropuerto Arturo Merino Benítez, Sub Tramos B2, B3 y B4". Sin embargo, cumple con precisar que el acuerdo que se aprueba es de 30 de abril de 2026, y no de la fecha que se menciona en el visto N°17; que la data original de término del contrato correspondía al 2 de mayo del presente año, y no a la fecha referida en su consid...
Texto del dictamen
N° OF145040 Fecha: 31-07-2026 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba un convenio de modificación del contrato denominado "Asesoría a la inspección fiscal para la etapa de construcción de la obra: Tercera Concesión Acceso Vial Aeropuerto Arturo Merino Benítez, Sub Tramos B2, B3 y B4". Sin embargo, cumple con precisar que el acuerdo que se aprueba es de 30 de abril de 2026, y no de la fecha que se menciona en el visto N°17; que la data original de término del contrato correspondía al 2 de mayo del presente año, y no a la fecha referida en su considerando N° 2; que la modificación de contrato N° 1 y su adenda -aprobadas por la resolución N° 31, de 2026, de esa Dirección- no consideraron un aumento de plazo contractual, como se expresa erróneamente en el considerando N°3; y que la nueva fecha de término del contrato es el 2 de julio de 2026, y no el día 7 de ese mes, como se señala en su resuelvo N° 4. Por otra parte, en relación con el anexo N°3 del convenio que se aprueba -Presupuesto modificado-, cabe puntualizar que la cantidad del recurso “Vehículo Inspector Fiscal" es de 32 meses, con un valor total del ítem de $ 51.200.000, y un total general de la asesoría de $ 1.532.293.980, y no como allí se consigna. Finalmente, y atendido lo señalado precedentemente, esa Dirección deberá velar porque los actos administrativos que emita sean elaborados con mayor prolijidad, y no como ha ocurrido en esta oportunidad. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General