Dictamen N° 144428
2026-07-30
Cursa con alcance la resolución N° 30, de 2026, deFacultades CGR, toma de razón, contrato compravent
Sumario
N° OF144428 Fecha: 30-07-2026 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba el contrato de compraventa en virtud del cual la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile vendió el inmueble que dicho acto individualiza, pero corresponde hacer presente que, antes de su total tramitación, la referida enajenación debe ser informada por ese servicio al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, en conformidad al artículo 38 de la ley N° 21.796, de Presupuestos del Sector Público para el año 2026, sin perjuicio que, en ...
Texto del dictamen
N° OF144428 Fecha: 30-07-2026 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba el contrato de compraventa en virtud del cual la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile vendió el inmueble que dicho acto individualiza, pero corresponde hacer presente que, antes de su total tramitación, la referida enajenación debe ser informada por ese servicio al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, en conformidad al artículo 38 de la ley N° 21.796, de Presupuestos del Sector Público para el año 2026, sin perjuicio que, en lo sucesivo, esa Dirección deberá acompañar durante el trámite de toma de razón de los actos de este tipo, los antecedentes que acrediten el cabal cumplimiento de dicha obligación. Asimismo, se hace presente que la escritura pública del contrato de compraventa tenida a la vista, en su página 8, señala: “Declaración Vínculo PEP: La parte compradora expresa haber tomado conocimiento de los términos de la ‘Declaración de Vínculos con Personas Expuestas Políticamente’ que contempla la ley diecinueve mil novecientos trece, y declara bajo fe de juramento que los directores y representantes principales del comité no tienen el grado de parentesco que indica la declaración citada ni han celebrado las actuaciones que en ella se indican”; texto que se omitió consignar en la transcripción de ese contrato contenido en el resuelvo I, lo que debe evitarse en lo sucesivo. Finalmente, cabe consignar que mediante Decreto N° 42, de 2024, del Ministerio de Energía, se otorgó concesión definitiva de instalaciones de transmisión eléctrica sobre el predio de que se trata, cuestión que deberá tenerse presente para todos los fines correspondientes. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República