Dictamen N° 42343
2008-09-08
Cursa con alcance resolución N° 199, de 2008, de lContrato de obras públicas, bases administrativas
Sumario
N° 42.343 Fecha: 8-IX-2008 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 199, de 2008, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba los antecedentes que indica y acepta la oferta para la ejecución de la obra que indica, pero cumple con hacer presente que en lo sucesivo esa Dirección deberá incorporar en los pliegos de condiciones que elabore para las licitaciones a que convoque, la exigencia mínima consignada en la letra e) del articulo 76, del decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratos de Obras Públicas, en orden a que el propone...
Texto del dictamen
N° 42.343 Fecha: 8-IX-2008 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 199, de 2008, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba los antecedentes que indica y acepta la oferta para la ejecución de la obra que indica, pero cumple con hacer presente que en lo sucesivo esa Dirección deberá incorporar en los pliegos de condiciones que elabore para las licitaciones a que convoque, la exigencia mínima consignada en la letra e) del articulo 76, del decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para Contratos de Obras Públicas, en orden a que el proponente deberá incluir en el listado de profesionales que participarán en la obra -además del profesional residente-, a los especialistas considerados de especial relevancia para el tipo de labores de que se trate, y no corno ocurrió en esta oportunidad, en que el punto 3.2 "Contenido de la Propuesta Técnica" de las bases administrativa en su párrafo penúltimo "Profesionales que Actuarán en la Obra-, dispuso que los contratistas podrán nominar en su propuesta técnica solamente al profesional que estará a cargo de la obra en calidad de residente. Igualmente, esa repartición deberá individualizar en adelante, en las bases administrativas, que elabore, todos los antecedentes de licitación que entregará a los proponentes, eliminando toda referencia a "otros", como se expresa en la letra h) del punto 2.17 de los citados pliegos. En otro orden de consideraciones, en el punto 3, último párrafo del Anexo N° 4 "Bases de Gestión Ambiental, Territorial y de Participación Ciudadana para Contratos de Obras Públicas", la cita realizada al numeral 7.9 de las bases administrativas, debe entenderse hecha correctamente al punto 7.10.1, letra f, de los pliegos aludidos. Asimismo, en el punto 4.2.1, párrafo segundo, que se contiene en el capítulo IV "Especificaciones Técnicas" de los documentos de licitación, la referencia al acápite 4.2.3 debe ser realizada acertadamente al punto 4.3 "Especificaciones Técnicas por Partida" de los pliegos de condiciones, en atención a la materia que éste regula y a los antecedentes a que se adjuntan.