Dictamen N° 28218
2008-06-18
Diploma de Ingeniero Ambiental, otorgado por la Uningeniero ambiental UPACED
Sumario
N° 28.218 Fecha: 18-VI-2008 La Subdivisión Nombramientos de esta Contraloría General, ha solicitado un pronunciamiento que determine si el diploma de Ingeniero Ambiental, otorgado por la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, tiene la calidad de título profesional habilitante para desempeñar un cargo de profesional, grado 10 E.U.S., en la Comisión Nacional del Medio Ambiente. Como cuestión previa, cabe indicar que de los antecedentes tenidos a la vista,, aparece que la carrera en cuestión, impartida por la citada Casa de Estudios Superiores, tiene una duración de 10 semest...
Texto del dictamen
N° 28.218 Fecha: 18-VI-2008 La Subdivisión Nombramientos de esta Contraloría General, ha solicitado un pronunciamiento que determine si el diploma de Ingeniero Ambiental, otorgado por la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, tiene la calidad de título profesional habilitante para desempeñar un cargo de profesional, grado 10 E.U.S., en la Comisión Nacional del Medio Ambiente. Como cuestión previa, cabe indicar que de los antecedentes tenidos a la vista,, aparece que la carrera en cuestión, impartida por la citada Casa de Estudios Superiores, tiene una duración de 10 semestres y es conducente al grado académico de Licenciado en Ciencias de la Ingeniería y al título profesional de Ingeniero Ambiental. Sobre el particular, es menester señalar que el artículo 35 del D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; previene que título profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. Pues bien, de lo expuesto es posible concluir que el diploma en cuestión, reúne los requisitos propios de un título profesional. Precisado lo anterior, es menester recordar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 89 de ley N° 19.300, para el ingreso y promoción de los cargos de la planta profesional de la aludida institución pública, se requiere, en lo que interesa, estar en posesión de un título profesional o grado académico de licenciado otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. En consecuencia, el diploma consultado permite a su titular ser contratado como profesional, grado 10, en la Comisión Nacional del Medio Ambiente. Se remite la resolución N° 161, de 2008, de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, con sus antecedentes, para que prosiga su tramitación.