Dictamen N° 18478
2008-04-22
Devuelve resolución de Marina que autoriza a Cultitransferencia concesión acuicultura
Sumario
N° 18.478 Fecha: 22-IV-2008 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la Resolución N° 1787, de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que autoriza a Cultivos Marinos Internacionales S.A. para transferir concesión de acuicultura otorgada según Decreto N° 716 de 1989, modificado por Resolución N° 2.138 de 2001, ambos actos del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, por no ajustarse a derecho. En efecto, conforme a las Resoluciones Exentas N°s 2.768, de 2006, 3.294, de 2007, de la Subsecretaría de Pesca, ha habido un aumento en l...
Texto del dictamen
N° 18.478 Fecha: 22-IV-2008 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la Resolución N° 1787, de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que autoriza a Cultivos Marinos Internacionales S.A. para transferir concesión de acuicultura otorgada según Decreto N° 716 de 1989, modificado por Resolución N° 2.138 de 2001, ambos actos del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, por no ajustarse a derecho. En efecto, conforme a las Resoluciones Exentas N°s 2.768, de 2006, 3.294, de 2007, de la Subsecretaría de Pesca, ha habido un aumento en la producción originalmente autorizada, por cambio de proyecto, según aparece del Informe Técnico N° 734 de 2006 del Departamento de Acuicultura de la Subsecretaría anotada, lo que implica su sometimiento al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, al tenor del artículo 3° n.2 del Decreto N° 95 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de lo que no se deja constancia. Por otra parte, la obligación que se establece en el N° 5, párrafo II, de lo dispositivo del instrumento en examen, para el concesionario de solicitar el reposicionamiento de la concesión, no procede por cuanto le concierne a la autoridad cumplir con dicha actuación, lo que debe rectificarse. Además, a la luz del artículo 28 del Reglamento de Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura, contenido en el Decreto N° 290 de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca, la solicitud de autorización para transferir la concesión debe ser autorizada ante notario, lo que no ocurre, como, asimismo, es necesario hacer mención de la carta náutica S.H.O.A. N° 311 a utilizar en las coordenadas geográficas referidas en el párrafo I, N° 2 del documento en estudio. Finalmente, en el Visto y Teniendo Presente N° 1, se omite establecer que la concesión de acuicultura otorgada comprende, además, fondo de mar, y no se adjunta a los antecedentes el documento señalado en el N° 6 letra b) de la misma parte considerativa.