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Cochid lexCorpus jurídico chileno

Dictamen N° 8977

2003-03-05

disposiciones de art/14 del dto 236/26, del ministdistancia planta tratamiento aguas servidas inmueb

Sumario

N° 8.977 05-III-2003 Se ha solicitado un pronunciamiento de este Organismo acerca de si el artículo 14 del Decreto N° 236, de 1926, del Ministerio de Higiene, Asistencia y Previsión Social, actual Ministerio de Salud, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, resulta aplicable, en lo relativo al distanciamiento mínimo de 100 metros de cualquier inmueble, tratándose de la aprobación de proyectos de plantas de tratamiento de aguas servidas que sirven a más de 50 personas y que no son fosas sépticas, cámaras filtrantes o cámaras de contacto, conforme al artículo 5° del citado reglame...

Texto del dictamen